MADRID, 28 (EUROPA PRESS)
La sanción se refiere a la venta de energía generada en la central de Pesquería, Nuevo León, a más de 400 empresas, entre las que se encuentra Cervecería Cuauhtémoc-Moctezuma o Cemex.
"Se concluye que la conducta de la permisionaria fue de carácter grave, ya que a sabiendas que, tiene la obligación de no vender, revender o enajenar por ningún título, directa o indirectamente, capacidad o energía eléctrica, salvo los casos autorizados por la ley, inobservó la norma llevando a cabo la conducta prohibida por la misma", señala la resolución.
La resolución es impugnable mediante juicio de amparo indirecto en términos de lo previsto en el artículo 27 de La Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, según el dictamen.
La impugnación se podrá interponer ante los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación dentro de los plazos establecidos en la Ley de Amparo.
La CRE aprobó el pasado miércoles en sesión extraordinaria tres proyectos de resolución de procedimientos administrativos de sanción en materia de electricidad e hidrocarburos, entre los que estaría el de IEM. Ya el viernes se publicaba la resolución RES/466/2022 que detalla la multa.
La sanción equivale a 100 veces el salario mínimo general vigente para la Ciudad de México durante 2020 por cada kilovatio de capacidad de la planta que fue vendido o consumido por la venta de energía en el esquema de autoabastecimiento.
Se trata de la multa más alta impuesta hasta ahora por la CRE, seguida muy de lejos por la impuesta en 2017 por 112 millones de pesos.