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Carritos patrios tienen prohibida venta de pirotecnia y piratería, estas son las sanciones

Se dio a conocer los lineamientos para la instalación y ventas de los tradicionales carritos en este mes patrio.

Septiembre es el mes de las fiestas patrias, las calles de la Ciudad de México se pintan de verde, blanco y rojo; el centro de la capital se adorna con luces conmemorativas y los rostros de los héroes patrios, entre las cosas más tradicionales están los famosos carritos patrios los que venden banderas, trompetas, sombreros, rehiletes, muñecas y bigotes mexicanos.

Con la finalidad de fomentar las tradiciones mexicanas en los famosos carritos patrios no se les permitirá vender ninguna otra mercancía que no sea tradicional como piratería, pirotecnia, playeras o estampados u otro tipo de mercancía. De acuerdo con los lineamientos para la instalación y ventas presentados por Subsecretaria de Programas de Alcaldías y Ordenamientos de Vía Pública (SPAOVP), de la secretaría de Gobierno de la ciudad, en este mes patrio.

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En caso de que alguna persona propietaria de algún de estos carritos sea sorprendida vendiendo pirotecnia, no solo se le retirará el permiso para continuar vendiendo, sino que podrá ser detenido por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), esto debido a que además de que se prohíbe su venta en el Centro Histórico, también es ilegal en la CDMX.

Para evitar un desbordamiento de comercio en las calles del Centro Histórico, la SPAOVP menciona que únicamente se podrán instalar dos carritos por cuadras y no está permitido instalarse en vialidades de ruta de la línea 4 del Metrobús; calle Francisco I. Madero, eje Central a Donceles, calle Tacuba de Bolivar a Eje Central y Alameda.

También tiene prohibido instalarse en el arroyo vehicular, bocacalles, esquinas y pasos peatonales, esto con la finalidad de respetar la circulación de los transeúntes y vehículos.

El Gobierno de la Ciudad de México autorizó la instalación de 168 carritos que ofrecerán artículos alusivos a las fiestas patrias, en calles del Centro Histórico. Por lo que se la Subsecretaria de Programas de Alcaldías y Ordenamientos de Vía Pública solicitará a los vendedores acatar estos lineamientos para realizar el comercio de manera ordenada y sin aglomeraciones en las calles de la capital.


¿Cuáles son las sanciones?

En el artículo 28 fracción VII de la Ley de justicia Cívica de la CDMX establece que trata de infracciones contra la seguridad ciudadana “detonar o encender cohetes, juegos pirotécnicos, fogatas o elevar aeróstatos sin permiso de la autoridad competente”.

Serán acreedores a una multa por realizar esta actividad que va de los 21 a 30 Unidades de Medida, es decir, alrededor de 2 mil 688 pesos. También se considerará un arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario que va de las 12 a las 18 horas.

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¿Cómo denunciar?


Para los ciudadanos que quieran denunciar a una persona que esté vendiendo o quemando pirotecnia, podrán hacerlos a través de la Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica de la Ciudad de México, para ello, podrá marcar al número 55 52 08 98 98, llamar al 911 o al *0311

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