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Más de 455.000 extracomunitarios de 13 países podrán votar en municipales, la mayoría de Reino Unido, Ecuador y Colombia

También podrán ejercer derecho a voto residentes procedentes de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Corea, Nueva Zelanda, Islandia, Noruega o Perú

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

El próximo 28 de mayo podrán votar en las elecciones municipales un total de 455.024 ciudadanos extracomunitarios procedentes de 13 países, la mayoría de ellos de Reino Unido, Ecuador, Colombia, Bolivia, Perú y Paraguay, según ha informado el Instituto Nacional de Estadística (INE), que les va a remitir documentación para facilitar el trámite.

Lo podrán hacer, en virtud del acuerdo firmado con España de reciprocidad de voto en elecciones municipales, los nacionales de: Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago.

Para poder hacerlo, tendrán que inscribirse en el censo electoral entre el 1 de diciembre y el 15 de enero de 2023. Y para facilitar el trámite, la Oficina del Censo Electoral va a enviar una comunicación a los 455.024 extranjeros.

Además, deberán cumplir con las condiciones establecidas en los acuerdos de reciprocidad de voto con todos los países, salvo con Reino Unido y Noruega, son las siguientes: tener la autorización de residencia en España; haber residido en España, legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral y figurar inscrito en el padrón del municipio de su residencia habitual que es dónde podrá ejercer el derecho de voto.

En cuanto a las condiciones fijadas para los naturales de Reino Unido y Noruega son las mismas salvo que en estos casos tienen que haber residido en España, legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los tres años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral.

Quienes cumplan todas las condiciones del Acuerdo recibirán una clave para que puedan realizar la inscripción en el censo electoral por internet. También pueden realizar este trámite si se identifican con Cl@ve.

Los que cumplan todas las condiciones contempladas en el Acuerdo excepto la vigencia del permiso de residencia, deberán realizar la inscripción en el censo electoral por correo postal, aportando un documento en vigor que justifique la autorización de residencia en España o justificante de que se ha solicitado la renovación del documento.

Los nacionales de los 13 países que no han recibido carta y cumplan las condiciones del Acuerdo, pueden solicitar su inscripción en el censo electoral acudiendo a los ayuntamientos donde estén empadronados, en el plazo indicado anteriormente.

TAMBIÉN DE NUEVA ZELANDA Y DE TRINIDAD Y TOBAGO

De estos 455.024 extranjeros que pueden votar en municipales en España, casi la mitad proceden de Reino Unido, 211.277. Le siguen por número los ciudadanos procedentes de Ecuador, que son 66.086; los de Colombia, 60.275 y los de Bolivia, 38.036.

Ya por debajo de los 30.000 está Paraguay, con 29.710 nacionales con derecho a voto en las elecciones municipales de España; Perú, con 27.678; Chile, con 10.175 y Noruega, con 7.915.

Pero también podrán ejercer este derecho 1.546 coreanos; 1.471 ciudadanos de Cabo Verde; 557 islandeses; 269 ciudadanos de Nueva Zelanda y 29 de Trinidad y Tobago.

MADRID, ALICANTE, BARCELONA, MÁLAGA Y MURCIA, LAS QUE MAS TIENEN

La provincia con más extracomunitarios que podrán votar en esos comicios es Madrid, con 69.698; seguida de Alicante, con 68.097; Barcelona, con 51.974; Málaga, con 43.816; Murcia, con 29.661; Baleares, con 26.498; Valencia, con 18.821; Las Palmas, con 17.943; Santa Cruz de Tenerife, con 17.336 y Cádiz, con 7.267.

Vizcaya y Gerona tienen poco más de 6.100 extracomunitarios con derecho a voto el 28 de mayo próximo y el resto de las provincias está por debajo de esa cifra, siendo Ceuta y Melilla, con 44 y 132, respectivamente, las que menos tienen.

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