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Ya ni en terrazas o patios podrás fumar; checa la lista completa

Este 16 de enero entrarán en vigor las modificaciones al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, con el objetivo de proteger a la población en general contra la exposición al humo de cigarro

Trabajadores de la ciudad instalaron mantas informativas sobre los espacios libres de humo. Carteles en espacios libres de humo en el Centro Histórico. Foto: Cuartoscuro (Rogelio Morales/Rogelio Morales)

Este 16 de enero entrarán en vigor las modificaciones al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, con el objetivo de proteger a la población en general contra la exposición al humo de cigarro y emisiones.

Esta ley establece que los puntos de venta como las tiendas de conveniencia y establecimientos como supermercados tienen prohibido colocar publicidad o generar difusión de los cigarrillos.

Lugares públicos donde estará prohibido fumar

De igual manera, el decreto establece que quedará prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva:

  • Patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes.
  • Parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas.
  • Sitios o lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte.

Asimismo, se pondrá en operación un número telefónico de acceso gratuito, a través del cual se podrán formular denuncias y quejas sobre el incumplimiento de la ley, este reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.

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