BRUSELAS, 31 (EUROPA PRESS
"Hoy la sentencia del TJUE deja las extradiciones en vía muerta. Pone condiciones además a la presentación de nuevas euroórdenes, que en la práctica las hacen inviables", ha asegurado en declaraciones a la prensa en Bruselas acompañado por su abogado Gonzalo Boye y el resto de exconsellers huidos, Lluis Puig y los eurodiputados Toni Comín y Clara Ponsatí.
Respecto a las posibilidades de que regrese a España, una vez se conozca el resultado del otro asunto pendiente en la Justicia europea respecto a su inmunidad parlamentaria, sentencia que se espera este trimestre, Puigdemont ha evitado responder a si volvería de inmediato si el fallo le es favorable: "Cuando veamos la sentencia, decidiremos".
"Desde el primer día que llegué aquí, yo valoro el escenario de volver, de volver libre, pero no de volver para entregarme ni rendirme. Yo siempre he trabajado para eso y hoy estamos más cerca", ha remachado.
En todo caso, tanto Puigdemont como su defensa han asumido en sus declaraciones que tras las aclaraciones del TJUE en respuesta a la cuestión prejudicial de Llarena para acotar el alcance de las euroórdones se tramitarán nuevas euroórdenes para pedir su entrega a España.
"Las euroórdenes ya vienen de fábrica, con razón o sin ella siempre ha habido euroórdenes", ha afirmado Puigdemont, mientras que Boye ha contado con que el pronunciamiento de Luxemburgo tenga "consecuencias" en la otra sentencia del Tribunal General de la UE que se espera en los próximos meses sobre la decisión del Parlamento Europeo de tramitar los suplicatorios y suspender las inmunidades de Puigdemont, Comín y Ponsatí.
El exconseller Puig, del que Bélgica ya rechazó la entrega en una decisión que motivo que Llarena preguntara a la Justicia europea y que no cuenta con inmunidad parlamentaria, ha dicho, por su parte, que supone que "evidentemente" habrá una nueva petición de extradición.
GRUPO OBJETIVAMENTE IDENTIFICABLE
Sobre la sentencia de 37 páginas dictada este martes por la Gran Sala del TJUE, compuesta por quince jueces, Puigdemont ha interpretado que "consolida" argumentos que su defensa reclama desde el inicio del 'Procés' que permitirán defender "con más solidez" que son "representantes políticos perseguidos por razones políticas", algo que "no tiene cabida" en los ordenamientos jurídicos europeos.
Para ello, el político independentista se apoya en la referencia de la sentencia a la jurisprudencia existente respecto a que una Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) puede ser rechazada por una autoridad judicial "si existe un riesgo real de vulneración" de los derechos del reclamado debido a "deficiencias sistémicas o generalizadas" en el funcionamiento del sistema judicial del Estado miembro emisor, porque en su sentencia el Alto Tribunal considera que debe considerarse también si el riesgo puede afectar también a "la tutela judicial de un grupo objetivamente identificable de personas al que pertenezca el interesado".
En todo caso, el TJUE también se refiere a los principios de confianza y de reconocimiento mutuos entre los Estados miembro "constituyen la piedra angular" del sistema de cooperación judicial que enmarca las euroórdenes, al tiempo que subraya la "importancia capital" que reviste el derecho fundamental a un proceso equitativo.
Respecto a la vulneración de derechos fundamentales de los reclamados y el riesgo de que no tengan un proceso justo si son entregados, el Tribunal europeo advierte de que deben demostrarse las deficiencias "sistémicas y generalizadas" que se denuncien.
La Jurisprudencia del tribunal con sede en Luxemburgo ya prevé un examen en dos fases para ello, apunta la sentencia, que pasa por que la autoridad encargada de decidir sobre la euroorden examine primero "si existe un riesgo real de vulneración de ese derecho fundamental debido a deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial del Estado miembro emisor o a deficiencias que afecten a la tutela judicial de un grupo objetivamente identificable de personas al que pertenezca el interesado".
En la segunda parte del examen deberá "de modo concreto y preciso" deberá evaluar si existen razones "serias y fundadas" para creer que dicha persona correrá riesgo "habida cuenta de la situación individual de esa persona, de la naturaleza de la infracción y del contexto fáctico".
En este contexto, el Tribunal europeo acota también el peso de los informes del Grupo de Trabajo de Detención Arbitraria (GTDA), expertos asesores de Naciones Unidas, y advierte de que una persona reclamada no puede alegar el riesgo de ser enjuiciada por un órgano jurisdiccional carente de competencia basándose en un análisis del GTDA "que no se refiera directamente a la situación de esa persona".
Un informe que no se refiera al caso concreto de la persona "no puede justificar por sí sola" la denegación de ejecución de una euroorden pero puede ser "tenido en cuenta, entre otros elementos, a efectos de apreciar la existencia de deficiencias sistémicas o generalizadas".
Ya las conclusiones del Abogado General del TJUE sobre este asunto el pasado 14 de julio defendían que para denegar una euroorden por riesgo para los derechos fundamentales del reclamado, la autoridad judicial debe demostrar con "datos objetivos, fiables, precisos y debidamente actualizados, la existencia de un riesgo real" debido a deficiencias "sistémicas o generalizadas" en el funcionamiento del sistema judicial del Estado miembro emisor.
Cabe recordar, además, que durante la vista celebrada en Luxemburgo sobre este asunto, la Comisión Europea, en tanto que guardiana de los Tratados, certificó que no existe un problema sistémico para el Estado de derecho en España.