MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
En concreto consideran que el ámbito electoral no es susceptible de controversias constitucionales, por lo que la SCJN se excedió con esta decisión, según la Consejería Jurídica. "No es función del árbitro electoral cuestionar las normas jurídicas que el Poder Legislativo tuvo a bien expedir", ha indicado, según recoge el diario 'La Jornada'.
Además ha expresado su extrañeza por los tiempos en los que se resolvió: "no es común que el viernes en la noche y sin notificar formalmente a las autoridades, la Corre anuncie públicamente una determinación tan relevante; como tampoco que se admita a trámite una controversia constitucional en materia electoral, porque la Constitución no lo permite".
"El ejecutivo federal no permitirá que se violente la Constitución ni el orden jurídico mexicano y solicitará al pleno de la SCJN revocar el acuerdo que admite a trámite dicha controversia, así como la medida suspensiva, al resultar contraria a los principios fundamentales del Estado de derecho que nos rige", ha argumentado.
"Resulta preocupante que el ministro instructor desconozca las reglas del procedimiento que regula controversias constitucionales lo que desnaturaliza este medio de control constitucional que busca alcanzar el equilibrio sano entre los Poderes de la Unión", ha espetado.
Además destaca que es la primera vez que un solo ministro de la Corte "dejara sin efectos la totalidad de una ley electoral aprobada legítimamente por el Poder Legislativo y ordenara revivir las disposiciones derogadas, lo cual solo puede determinarse, en su caso, mediante una sentencia definitiva aprobada por ocho ministros".
El Gobierno cuestiona así al juez Javier Laynez, quien actuó en contra "de lo que prevé expresamente la norma fundamental" al admitir la controversia constitucional promovida por el INE y conceder la suspensión total para que no surta efectos el decreto del Congreso de la Unión.
La decisión "anula por completo la presunción de validez constitucional que toda norma general posee, ya que la ley constituye la expresión de la voluntad popular a través de sus representantes electos democráticamente".
El juez Laynez admitió el viernes el recurso constitucional que interpuso el INE en contra del conocido como Plan B de reforma de la normativa electoral y concedió la suspensión solicitada por el organismo, que frena por el momento la reforma.
La propuesta gubernamental contemplaba compactar áreas del INE, reducir órganos distritales, eliminar la transferencia de votos a los partidos en riesgo de perder su registro --conocida como la vida eterna a los partidos-- y poner un techo al sueldo de los consejeros electorales para que no ganen más que los miembros del Gobierno.
También permitiría a personas en prisión preventiva votar y se establecían límites a las interpretaciones del INE y Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respecto a los declaraciones de funcionarios que podían considerarse propaganda y por las que se emiten sanciones.
Asimismo, se modificaba el artículo 70 de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral para que las manifestaciones expresadas por los políticos no les afecten en los procesos electorales.