MADRID, 28 (EUROPA PRESS)
Ante ello, la dirigente ha publicado un vídeo en redes sociales en el que reivindica la normativa, que ha impulsado su departamento, que incluye un permiso retribuido de cinco días al año por cuidado de un familiar o conviviente y extiende los beneficios de familias numerosas a monoparentales con dos hijos.
Fuentes del sector minoritario del Ejecutivo han explicado a Europa Press que desde el Ministerio se solicitó que Belarra interviniera para explicar la aprobación definitiva de la norma en el seno del Ejecutivo, pero desde Moncloa finalmente han declinado incluirla entre los comparecientes.
En su lugar, sí atenderán a los medios para dar cuenta de los acuerdos la vicepresidenta primera, Nadia Calviño, el titular de Seguridad Social, José Luis Escrivá, y como es habitual la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez.
Una situación similar se dio cuando se aprobó la Ley de Bienestar Animal en segunda vuelta en el Consejo de Ministros, dado que entonces tampoco compareció la ministra de Derechos Sociales para dar cuenta de una norma impulsada por su departamento.
Ante ello, Belarra ha publicado en redes sociales un vídeo para mostrar su alegría por la aprobación definitiva del proyecto legislativo en el seno del Ejecutivo, que por ejemplo equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios. "No queremos un país que las familias LGTBI tengan que escuchar discursos de odio contra ellas", ha manifestado.
También ha explicado como otra de sus virtudes que la ampliación de la protección social a las familias, se extenderá la renta crianza de 100 euros al mes para un mayor número de familias con hijos e hijas de 0 a 3 años. Según los cálculos del departamento, esta medida beneficiará a unas 250.000 nuevas madres en España.
"Con esta ley empezamos a corregir una injusticia histórica también con las familias monomarentales", ha defendido.
Respecto a la garantía del derecho a la conciliación, la ley crea tres permisos de cuidados, el primero de ellos, un permiso por cuidado de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
También incluye un permiso parental de ocho semanas, que se podrán disfrutar de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla ocho años; y un permiso de cuatro días por ausencia para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas.