MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
Así consta en una respuesta parlamentaria fechada el 27 de marzo, consultada por Europa Press, en la que el Gobierno recuerda que este tipo de infiltraciones se llevan a cabo al amparo de la regulación del "agente de inteligencia", según se recoge en el artículo 11 de la Ley Orgánica 2/86 de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
"Desde la Comisaría General de Información se solicitó la autorización administrativa correspondiente, estando todo ello recogido en un expediente que está declarado secreto", ha indicado el Ejecutivo, que se remite a los Acuerdos del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986 y, con fecha posterior, al Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de febrero de 1996, por el que se clasifican determinados asuntos y materias con arreglo a la Ley de Secretos Oficiales.
La respuesta guarda relación con las explicaciones que ha ofrecido en el Congreso y en el Senado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y que el senador de Compromís Carles Mulet ha calificado de "impresentable e intolerable". De ahí que registrara una pregunta por escrito para obtener más información sobre la infiltración en movimientos sociales de Valencia y otros anteriores en Cataluña.
"Se informa de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado actúan en todo momento desde el estricto cumplimiento de la ley, con la máxima profesionalidad y con plena sujeción a los valores constitucionales, como es propio de un Estado de Derecho", subraya el Ejecutivo.
En este sentido, recuerdan que las funciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad están recogidas en la Constitución y su cometido es, "en todo momento", el de garantizar la seguridad con la finalidad de hacer efectivo el pleno ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos.
Dicho esto, advierte que los agentes señalados por Compromís y los partidos independentistas catalanes no llevan a cabo una "actividad de agente encubierto", lo que queda regulado por el artículo 282 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sino de "agente de inteligencia", al amparo de las funciones encomendadas a la Policía Nacional por la regulación vigente, en concreto el artículo 11 de la Ley Orgánica 2/86.
"Por tanto, la actividad de obtención de información de los agentes de inteligencia señalados no se realiza sobre ideologías, ni movimientos sociales, sino que se trata de una actividad de inteligencia para la captación de información de interés para el orden y la seguridad pública", concluye el Gobierno.
Compromís y otros partidos catalanes han preguntado en reiteradas ocasiones a Grande-Marlaska por la infiltración de policías, la última vez por el agente que habría usado una identidad falsa de la Universidad de Valencia para introducirse durante dos años en el movimiento vecinal y el antifascismo.
Previamente se denunciaron otras infiltraciones como la del agente de la Policía Nacional denunciado por cinco activistas en Barcelona que dicen ser víctimas de delitos de abuso sexual, revelación de secretos o tortura al tener "relaciones sexo-afectivas" con este policía en su objetivo de obtener información.