MADRID, 15 (EUROPA PRESS)
A los llamados acuerdos de no persecución penal podrían acogerse hasta un total de 1.125 personas, aquellas que durante los hechos del 8 de agosto no irrumpieron en las sedes de los Tres Poderes --Congreso, Supremo y Presidencia--, pero si permanecieron acampadas durante semanas en los llamados 'campamentos golpistas'.
Según estos acuerdos, cada caso particular debe ser analizado de manera individual y sus implicados, reconocer los hechos y aceptar las sanciones establecidas, ya sea reparando los daños a través de pago de una multa o prestando servicios a la comunidad o a entidades públicas, informa 'O Globo'.
Las acciones penales de todas estas personas se mantienen en suspenso hasta que la Fiscalía decida quiénes pueden sumarse a estos acuerdos, los cuales vendrían ahorrar esfuerzos en un Supremo que tendría por delante más de mil casos que analizar, más cuando las penas para estas acusaciones --las de incitación a la violencia-- no superan los cuatro años, por lo que no entrarían en prisión.
El caso de aquellos que irrumpieron violentamente en la sede del Congreso, el Tribunal Supremo y el Palacio del Planalto es diferente, pues todos ellos están acusados de intento de golpe de Estado, de suprimir violentamente el Estado de derecho, asociación para delinquir, o daños y deterioros al patrimonio público.
Hasta el momento, tres personas ya han sido condenados por algunos de estos cargos. Se trata de Aécio Lúcio Pereira y Matheus Lima de Carvalho, a 17 años de prisión, hasta ahora el máximo establecido por todos los cargos ya citados. El otro es Tiago Mathar, sentenciado a 14 años de cárcel.