BRUSELAS, 26 (EUROPA PRESS)
Esta decisión se basa en el reglamento de la UE que establece un marco de cooperación con los países para hacer frente a la pesca ilegal y garantiza que solo puedan acceder al mercado comunitario los productos de pesca capturados legalmente.
Tras el procedimiento de identificación, el Ejecutivo comunitario ha propuesto al Consejo la inclusión formal de Trinidad y Tobago como país no cooperante.
Bruselas ha expresado su disponibilidad para ayudar a Trinidad y Tobago a subsanar las deficiencias detectadas pero, mientras tanto, se rechazará la importación de productos de la pesca procedentes del país incluso cuando estos vayan acompañados de certificados de captura validados por las autoridades nacionales.
La inclusión del país en la lista de países se debe a la falta de avances para subsanar las graves deficiencias señaladas en la decisión de preidentificación de Trinidad y Tobago como país no cooperante, adoptada en abril de 2016.
A pesar del apoyo de la UE en el marco del diálogo sobre pesca, tanto en relación con la revisión del marco jurídico como en el seguimiento, el control y la vigilancia, el país no ha realizado avances suficientes para cumplir los requisitos de la legislación contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
En particular, Trinidad y Tobago no promulgó un marco jurídico adecuado que regule las actividades de la flota pesquera nacional dentro y fuera de las aguas bajo jurisdicción nacional ni las actividades de los buques pesqueros de terceros países en puertos nacionales.
Otras deficiencias persistentes se refieren a la falta de un control adecuado sobre la flota pesquera nacional y las flotas pesqueras extranjeras que hacen escala en puerto en el país, así como la falta de las medidas necesarias para la paralización y la prevención de las actividades de pesca ilegal.