BRUSELAS, 27 (EUROPA PRESS)
La Comisión Europea condenó en enero de 2021 a Valve, propietaria de la plataforma de videojuegos Steam, y a cinco editores de juegos (Bandai, Capcom, Focus Home, Koch Media y ZeniMax) por restringir la venta de juegos para PEC entre Estados miembro, al concluir que esta práctica bilateral violaba las reglas de competencia de la Unión Europea.
El Ejecutivo comunitario les sancionó al considerar probado que participaron en acuerdos ilegales para restringir las ventas transfronterizas de determinados videojuegos mediante la creación de funcionalidades de control territorial en diferentes períodos entre los años 2010 y 2015, en especial en los países bálticos y en algunos países de Europa central y de Europa del Este.
Valve apeló la decisión comunitaria ante el Tribunal con sede en Luxemburgo que resuelve ahora el asunto en primera instancia, por lo cabe recurso de casación en el plazo de dos meses y diez días desde la comunicación del fallo.
El Alto Tribunal europeo sentencia ahora que Bruselas demostró "de modo jurídicamente suficiente" la existencia de acuerdos ilegales entre Valve y cada una de las cinco empresas del sector señaladas con el objetivo de "restringir las importaciones paralelas mediante el bloqueo geográfico de las claves" con las que activar y utilizar los videojuegos a través de Steam.
A ojos de Luxemburgo, el objetivo de este bloqueo geográfico era impedir que los videojuegos, distribuidos en determinados países a bajo precio, fueran adquiridos por distribuidores o usuarios situados en otros países en los que los precios son muy superiores. Por ello, añade la sentencia, el geobloqueo no perseguía proteger los derechos de autor de los editores de los videojuegos.