OVIEDO, 21 (EUROPA PRESS)
El Ministerio Fiscal sostiene que en fechas próximas a los primeros meses del año 2020, los cuatro procesados integraban una organización que se dedicaba a realizar los actos necesarios para introducir en España grandes cantidades de sustancias estupefacientes para su posterior distribución por el territorio nacional.
Todos ellos formaban parte de un entramado perfectamente organizado y jerarquizado, en el que cada uno realizaba una función concreta con el fin de distribuir con rapidez las sustancias. En concreto, el procesado AAA, peruano, era la persona que lideraba el grupo y el máximo responsable de la operación. Estaba encargado de preparar la logística necesaria para llevar a cabo la misma y dirigía y coordinaba las tareas de los demás miembros de la organización.
El procesado BBB, albanés, le auxiliaba en estas tareas. El procesado AAA es militar de profesión, con amplio conocimiento en operaciones subacuáticas.
El procesado BBB era la persona encargada de realizar labores de apoyo para la ejecución de los preparativos, encargándose además de sufragar los gastos derivados de los mismos, así como de dar seguridad en los desplazamientos, conduciendo los vehículos que se empleaban en esos cometidos. A su vez, era la persona que tenía encomendada la tarea de transportar por España las sustancias hasta un lugar seguro para poder distribuirlas con posterioridad.
Los procesados CCC y DDD, ambos peruanos, en un escalón inferior, tenían encomendada la tarea de recuperar las sustancias estupefacientes del medio de transporte empleado para introducirlas en España y entregarlas a los dos anteriores. Actuaban siempre bajo sus órdenes. Una vez realizado el trabajo, debían regresar a su país de origen. Los dos procesados son buzos militares, con amplio conocimiento en operaciones subacuáticas.
En fecha no conocida pero en todo caso anterior al día 15 de febrero de 2020, el procesado AAA, desde Perú, llevó a cabo las gestiones oportunas para, junto con los miembros de su organización, introducir en la caja de mar del buque tipo Bulk Carrier, denominado Thomas C.IMO 9450820, dos bolsas de lona que contenían 60 paquetes (30 paquetes en cada bolsa) de una sustancia que resultó ser cocaína. En concreto, los paquetes se introdujeron en la caja de mar del lado de estribor del buque, a unos 35-45 pies de profundidad.
El buque tendría como origen el Puerto Callao de Lima (Perú) y como destino el Puerto de Avilés e iba a hacer, al menos, una escala en el Fondeadero de Balboa (Panamá). Posteriormente, y con el fin de preparar la logística necesaria para recuperar la droga del buque, el procesado AAA viajó en avión desde Perú hasta París. Realizó una escala en Ámsterdam, se introdujo después en España por un medio de transporte no conocido y llegó hasta Cataluña, donde se reunió con el procesado BBB.
Una vez en España, los procesados AAA y BBB llevaron a cabo los preparativos necesarios para buscar alojamiento al resto de los miembros de la organización y proveerse de medios de transporte con los que desplazarse. En concreto, en el mes de febrero de 2020 alquilaron a través de Internet una vivienda vacacional en Avilés y dos vehículos, uno marca Volkswagen modelo Caddy y un Audi A-8.
A su vez, se encargaron de adquirir los medios materiales necesarios para realizar la operación, en concreto, equipamientos para la práctica del buceo, con aletas, gafas, bombonas, pesas de lastre, cuchillos, trajes de neopreno, etc. Una vez ultimado lo anterior, el procesado AAA ordenó a los procesados CCC y DD que viajaran a España. Estos realizaron el viaje el día 5 de marzo de 2020, en un vuelo procedente de Lima con destino Madrid. Al llegar a Madrid, fueron recogidos por los procesados AAA y BBB y los cuatro se desplazaron hasta Avilés, para esperar la llegada del buque, lo que finalmente se produjo el 10 de marzo de 2020.
Las autoridades militares de Panamá tuvieron conocimiento de la existencia de la carga ilegal en el buque por la Agencia Antidroga de EE UU (DEA). Tras recibir la información, contactaron con la Fiscalía Superior de Drogas de Panamá para llevar a cabo una actividad encubierta e identificar a los responsables del alijo, consistente en retirar los 60 paquetes de la sustancia estupefaciente que se encontraba en las dos bolsas dentro de la caja de mar del casco de estribor y reemplazarlos por otros 60 paquetes de similares características, en los que se introdujo una sustancia inocua para la salud.
A su vez, incorporaron un dispositivo con sistema de posicionamiento global (GPS) para conocer su ubicación en todo momento. La operación se llevó a cabo el 15 de febrero de 2020 por buzos profesionales del Servicio Nacional Aeronaval de la República de Panamá, con la coordinación de la Fiscalía Superior de Drogas. Una vez que se sacaron las bolsas a la superficie, fueron custodiadas hasta que se entregaron en el Laboratorio de Sustancias Controladas del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Panamá.
Tras el análisis de las sustancias aprehendidas, el laboratorio emitió informe pericial, el día 16 de febrero de 2020, en el que se concluyó que los 60 paquetes intervenidos contenían una sustancia que resultó ser cocaína, arrojando un peso bruto de 72,14 kilos.
Sobre las 02.00 horas del 12 de marzo de 2020, los procesados AAA y CCC, debidamente equipados con equipos de buceo, se introdujeron en el mar y accedieron hasta el barco, donde recogieron del interior de la caja de mar del buque las bolsas de deporte que contenían los 60 paquetes con las sustancias sustituidas. A continuación, regresaron buceando a la playa, donde fueron sorprendidos por los agentes, que procedieron a su detención. También detuvieron al procesado 4, que en esos momentos realizaba las labores de vigilancia en la orilla contraria a la que encontraban sus dos compañeros.
Posteriormente, sobre las 04.00 horas, los agentes se dirigieron a las proximidades de la vivienda utilizada por los procesados para detener al procesado BBB, que se dirigía a la vivienda a bordo del Audi A-8, tras una larga persecución policial.
La Fiscalía solicita que se imponga 15 años de prisión para el acusado AAA; 19 años de cárcel para el acusado BBB y 10 años de prisión para los acusados CCC y DDD.