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Rechazan petición de FGR para conseguir orden de aprehensión contra Rosario Robles

Un Tribunal Colegiado confirmó un amparo concedido a la exfuncionaria, en primera instancia, el pasado 3 de abril

Niegan orden de aprehensión contra Rosario Robles por lavado de dinero
Rosario Robles estuvo tres años en prisión preventiva en Santa Martha Acatitla acusada por la Estafa Maestra con la que se desviaron alrededor de 5 mil millones de pesos Foto: Rogelio Morales | Cuartoscuro

Un juez de control negó la solicitud que hizo la Fiscalía General de la República (FGR) para conseguir una orden de aprehensión en contra de Rosario Robles, exsecretaria de Desarrollo Social en el gobierno de Enrique Peña Nieto, la negativa fue porque el juez tuvo que acatar una sentencia de un Tribunal Colegiado.

La FGR investiga a Robles por su presunta responsabilidad en los delitos de delincuencia organizada, además de operaciones con recursos de procedencia ilícita. Pues se establece que habría participado en el lavado de dinero por un monto de 77 millones de pesos que pagó la Universidad Autónoma de Morelos, por medio de factureras.

“De acuerdo con los registros judiciales, el juez de Control del Centro de Readaptación Social número 1, Altiplano, negó la petición del Ministerio Público Federal, en acato a la resolución de un Tribunal Colegiado que confirmó un amparo concedido a la exfuncionaria, en primera instancia, el pasado 3 de abril”, informó Excélsior.

Analizarán de nuevo petición del MPF

El tribunal también dispuso reponer el procedimiento para revisar si se procedía o no emitir la orden de aprehensión; además de determinar si Robles debía ser citada a una audiencia para ser notificada sobre la existencia de la orden.

Por lo que el juez analizará de nuevo la solicitud realizada por el Ministerio Público Federal, en donde se establezcan las circunstancias de la investigación en contra de la exfuncionaria federal que estuvo en prisión preventiva por tres años en Santa Martha Acatitla.

“Los ministerios públicos, ya sea el adscrito a la Unidad Especializada en Materia de Delincuencia Organizada, así como el Ministerio Público adscrito al juzgado de origen, se limitan a repetir las consideraciones que vertió la autoridad responsable, al dictar la resolución.

“Con independencia de que este tribunal pudiera o no compartir la decisión que adoptó el juez de distrito para conceder la protección de la justicia, la misma debe ser confirmada por la inoperancia de los agravios de los recurrentes principales”, se indicó en la resolución del Tribunal Colegiado.

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