La bancada del Partido del Trabajo (PT) en la Cámara de Diputados ha formalizado una solicitud de juicio político contra los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que se oponen a la reforma constitucional del Poder Judicial.
Los diputados Ricardo Mejía Berdeja, Lilia Aguilar Gil, Santiago González Soto y Francisco Javier Macías presentaron el documento a pesar de que la presidenta Claudia Sheinbaum había solicitado evitar esta acción, argumentando que busca “provocar” y señalar a su gobierno de autoritario.

La solicitud de juicio político incluye a los ministros Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar Morales, Jorge Mario Pardo, Ana Margarita Ríos, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz y la ministra presidenta Norma Piña Hernández.

Los diputados del PT los acusan de atacar a las instituciones democráticas y de violar la supremacía constitucional.
Ricardo Mejía calificó a estos “ministros golpistas” como parte de una “conspiración mafiosa para sabotear la reforma judicial”, afirmando que el juicio político es una medida para sancionar su supuesta rebelión con miras a su destitución.
“Los ministros han hecho un ataque a las instituciones del país, al constitucionalismo mexicano y a la forma de gobierno republicano representativo al violar la Constitución que juraron cumplir y hacer cumplir”, agrego Mejía Berdeja.
Por su parte, la diputada Lilia Aguilar enfatizó que esta acción no surge únicamente de la voluntad de su grupo parlamentario, sino que responde a “diversas voces en el pueblo mexicano que ya están pidiendo este juicio político”.
¿Qué es el Juicio Político y su sanción?
Es el procedimiento de orden constitucional que realizan las Cámaras del Congreso, la Cámara de Diputados como órgano de acusación y la Cámara de Senadores como órgano de sentencia, cuando los actos u omisiones de los servidores públicos señalados por el artículo 110 Constitucional redunde en perjuicio de los intereses públicos.
La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Público especifica como motivos de juicio: ataque a las instituciones democráticas, ataque a la forma de gobierno republicano, representativo y federal; violaciones a los derechos humanos; ataque a la libertad de sufragio; la usurpación de atribuciones; cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicio a la Federación.
El juicio político solo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión, y dentro de un año después de la conclusión de sus funciones.
Las sanciones se aplicarán en un pazo no mayor de un año, a partir de iniciado el procedimiento. Si la resolución que se dicte en el juicio político es condenatoria, se sancionará al servidor público con destitución. Podrá también imponerse inhabilitación para el ejercicio de empleo, cargos o comisiones en el servicio público desde un año hasta veinte años.