El Servicio de Administración Tributaria (SAT) endureció la fiscalización para autorizar la devoción de impuestos a las personas fiscas, lo que ha provocado ciertos retrasos en el depósito de los recursos correspondientes.
Pero, si al presentar la declaración resultaste con saldo a favor y el SAT rechazó la devolución automática, no caigas en pánico, porque la legislación vigente te ofrece una segunda oportunidad para recuperar ese dinero.
La socia de Servicios de Movilidad Global de la firma KPMG México, Azucena Cortés, explicó que –para resolver el problema– debes saber es cuáles fueron los motivos del rechazo.
Y, para ello, es necesario que conozcas el estado de la solicitud: ingresa a tu Buzón Tributario en el portal del SAT, a través de tu RFC y contraseña o firma electrónica (e.firma), y sigue estos pasos:
- Ve a la sección “Trámites”.
- Selecciona “Consulta el estado de tu devolución”.
- Elige “Devolución automática ISR”.
- Indica el año de la declaración.
De esta forma, apuntó la especialista, podrás ver en qué etapa está tu solicitud.
Algunos de los estatus posibles son:
- En proceso de validación: tu declaración aún está en revisión.
- En proceso de pago: tu devolución fue aprobada y está por depositarse.
- Pagada: ya se realizó el depósito.
- Rechazada: el SAT encontró inconsistencias y requiere más información.
¿Por qué fue rechazada?
La socia de KPMG refirió que, si la devolución de impuestos aparece como rechazada, debes hacer clic en “Buscar” y luego en “Consultar detalle”, para conocer el motivo específico.
Apuntó que las causas más comunes del problema incluyen:
- Discrepancias en los ingresos.
- Deducciones no comprobadas.
- Errores en la cuenta CLABE.
¿Qué hago para que el SAT me pague?
Una vez identificado el problema, destacó Azucena Cortés, deberás presentar una solicitud de devolución adicional, donde adjuntes la documentación requerida para aclarar las inconsistencias señaladas.
Importante: el SAT tiene 40 días hábiles para revisar esta segunda solicitud, pero podría pedirte información adicional dentro de los primeros 20 días, lo cual extendería el proceso.
Tips adicionales
- Verifica que tu cuenta bancaria esté correctamente registrada y activa.
- Conserva todos tus comprobantes fiscales y documentación de soporte.
- Si tu situación es compleja o persisten los rechazos, considera acudir con un contador o asesor fiscal.
Casos en que no aplica tu devolución automática:
El SAT reportó que no aplica la devolución:
- Si tu saldo a favor es superior a 150 mil pesos.
- Si obtuviste ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
- Si durante todo el ejercicio al que corresponde tu saldo a favor estuviste suspendido en el RFC.
- Si te encuentras como no localizado en tu domicilio fiscal registrado ante el SAT, salvo que te encuentres únicamente en sueldos y salarios.
- Si tu solicitud de devolución no corresponde al ejercicio 2024.
- Si presentas tu declaración con Contraseña cuando estás obligado a hacerlo con e.firma.
- Presentes solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones, previo a la obtención del resultado de la declaración que hubieres ingresado a la facilidad administrativa.
- No elijes la opción Devolución.
- Presentas la declaración después del 31 de julio de 2025.
- Si tienes revocados certificados de sellos o firmas digitales, o te encuentras en la relación de contribuyentes incumplidos publicada en el Portal del SAT, o solicitas la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por contribuyentes que se encuentren dentro del listado de incumplidos publicado en el Portal del SAT.