Los edificios del Servicio de Administración Tributaria (SAT) trabajan bajo el resguardo de personal armado de seguridad privada, para mantener el control de las instalaciones, confirmó la máxima autoridad fiscal del país.
Después de que los integrantes de Congreso mexicano aprobaron una reforma a la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, el 30 de abril pasado, señaló que:
El proyecto de decreto, contenido en dicha legislación, señala que los organismos públicos que obtengan la licencia oficial colectiva, por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, sólo podrán emplear el armamento autorizado en funciones de carácter oficial y de seguridad pública.
Precisó que el organismo cuenta con licencia autorizada por la Secretaría de la Defensa Nacional, única y exclusivamente en la modalidad de “Seguridad privada en los bienes”, la cual es proporcionada por servicios de seguridad y protección a instalaciones y edificios del SAT.
¿Personal del SAT está armado?
Indicó que es falso que, en el dictamen aprobado por la Cámara de Diputados y Senadores, se establezca que los trabajadores del SAT podrán portar armas de fuego para el cumplimiento de sus funciones.
“Lo anterior significa que el personal administrativo de esta institución no porta, ni portará armas para el desarrollo de sus funciones diarias”, como se ha señalado en los últimos días en varias notas de información.
Apuntó que el objetivo principal de dicha reforma es fortalecer el control sobre la posesión y uso de armas en México, así como endurecer las sanciones contra el tráfico ilícito de dichos artefactos y regular, de manera más estricta, la portación y comercialización de armamento en el país.
“Además, se busca fomentar la cultura de la paz, mediante campañas permanentes de desarme”, dijo a través de una tarjeta informativa enviada a los medios de comunicación del país.