Una disputa legal entre el exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello, y la Secretaría de Educación Pública (SEP), ha generado debate público sobre los límites entre el derecho al honor y el derecho a la educación. El origen del conflicto se remonta a una conversación filtrada en 2015, en la que Córdova realizó comentarios considerados ofensivos hacia representantes de pueblos indígenas.
En la grabación, sostenida con Edmundo Jacobo, entonces secretario ejecutivo del INE, Córdova imitó de forma despectiva a un líder indígena, presuntamente Hipólito Arriaga Pote o Mauricio Mata Soria, líderes de comunidades de Guanajuato.
El comentario: “Te voy a decir cómo hablaba ese cabrón: ‘Quiobo, jefe gran nación chichimeca…’”, generó fuertes críticas por su tono racista. Aunque el exfuncionario ofreció una disculpa pública, el incidente dejó una marca en su trayectoria.
SEP revive desafortunado comentario
Ocho años después, la SEP incluyó una mención del episodio en el libro de texto gratuito Proyectos Comunitarios de sexto grado de primaria. En la edición 2023-2024 aparece en la página 246, y en la 2024-2025 en la 234. El texto señala: “2015: En México, el presidente del INE, Lorenzo Córdova, se mofa de los representantes de las naciones originarias”.
Considerando que esta referencia afecta su reputación, Córdova solicitó un amparo al Poder Judicial. En mayo de 2025, la jueza federal Yadira Medina concedió el amparo, ordenando a la SEP y a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (Conaliteg) cesar la distribución de los libros con esa mención y suprimirla de ediciones futuras, incluyendo la versión digital. No obstante, la SEP impugnó la resolución, y el caso fue atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 3 de marzo de 2025 para un análisis de mayor profundidad.
Derecho al honor…
Ahora, el ministro de la SCJN Javier Laynez Potisek presentó un proyecto de resolución que propone otorgar definitivamente el amparo a Lorenzo Córdova. La propuesta plantea eliminar la mención del exconsejero del libro, suspender la distribución de los ejemplares que la contengan, y garantizar que futuras ediciones no repitan el señalamiento.
El caso será discutido en la Segunda Sala de la SCJN, y su resolución se perfila como un precedente relevante al ponderar dos derechos constitucionales: el derecho al honor del individuo frente al derecho de niñas y niños a recibir una educación basada en hechos históricos.