El Congreso de la Ciudad de México aprobó el dictamen en sentido positivo con modificaciones, relativo a la iniciativa ante el Congreso de la Unión con proyecto de decreto por el que se adiciona un Artículo 43 Bis, relativo al servicio de transporte privado de pasajeros con chofer, que operan y se administran por plataformas o medios digitales, a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
El dictamen, a cargo de la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial establece que las plataformas de transporte con chofer ofrezcan tarifas claras y transparentes, así como opciones de pago en efectivo y electrónico.

¿Qué deberá ofrecer Uber?
- Deberán ofrecer información de geolocalización
- Identificación de conductor y vehículo
- Protección de datos personales
- Seguro de cobertura amplia y mecanismos de evaluación del servicio
- Protocolos de seguridad personal y limpieza
- Devolución de objetos olvidados en las unidades
Las plataformas también estarán obligadas a contar con:
- Protocolos de atención en caso de emergencias
- Hacer certificaciones periódicas de conductores (drogas/alcohol)
- Dar mantenimiento regular a los vehículos
- Reportar incidentes viales
- Contar con accesibilidad de vehículos
- Empatía de conductores con usuarios en situación de vulnerabilidad
Las plataformas como Uber y Didi –junto a sus conductores– serán responsables solidarios y deberán colaborar con autoridades en investigaciones, y el viaje no podrá interrumpirse salvo por fuerza mayor o emergencia, salvaguardando siempre la seguridad del pasaje.