El Senado de la República aprobó en la madrugada del 2 de octubre una serie de reformas a la Ley de Amparo, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Con 76 votos a favor y 39 en contra en lo general, y 70 a favor y 39 en contra en lo particular, la mayoría de Morena y sus aliados avalaron un dictamen que ya fue enviado a la Cámara de Diputados, donde deberá continuar el proceso legislativo antes de convertirse en ley.
La discusión generó una fuerte polémica porque, de acuerdo con la oposición y diversas voces críticas, la reforma permite que juicios de amparo ya abiertos se resuelvan bajo las nuevas reglas, lo que equivale a cambiar las condiciones a mitad del proceso.
El punto más controvertido: los juicios en trámite
El senador Manuel Huerta (Morena) presentó una reserva para incluir un transitorio en el decreto: “Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este Decreto”.
Para Morena, esta adición no implica retroactividad prohibida por el artículo 14 constitucional, ya que —afirman— no afecta derechos adquiridos ni cambia la esencia del juicio de amparo.
El argumento oficial es que busca evitar que los amparos se usen como recurso para dilatar sentencias firmes, sobre todo en materia fiscal.
Sin embargo, la oposición sostiene lo contrario: al aplicar nuevas reglas en juicios ya iniciados, los ciudadanos quedan en incertidumbre jurídica.
La senadora Carolina Viggiano (PRI) advirtió que “los ciudadanos no sabrán nunca bajo qué reglas litigan”, mientras que Verónica Rodríguez (PAN) acusó que Morena busca “dar manos libres a la autoridad y menos defensa a las personas”.
Cambios clave aprobados
- Digitalización del amparo: se formaliza el uso de plataformas electrónicas para llevar juicios en línea, con equivalencia jurídica entre expedientes digitales y físicos.
- Interés legítimo: el comunicado oficial sostiene que se garantiza tanto en lo individual como en lo colectivo; sin embargo, la oposición alerta que la reforma lo limita y podría complicar amparos colectivos contra megaproyectos o concesiones.
- Cumplimiento de sentencias: se mantuvo la posibilidad de sancionar a servidores públicos que incumplan resoluciones de amparo, descartando la idea de que las multas sean pagadas por el Estado o por la sociedad.
- Suspensiones en materia fiscal: se regulan las formas de garantía para que los ciudadanos puedan solicitar suspensión, pero se elimina la posibilidad de detener de forma automática la ejecución o cobro de créditos fiscales firmes.
Una reforma con fuerte carga política
La aprobación evidenció el choque entre oficialismo y oposición. Mientras Morena argumenta que se trata de una modernización que evita abusos y agiliza los procesos, PRI, PAN, PRD y MC lo calificaron como un retroceso histórico que debilita al amparo, considerado históricamente el “escudo ciudadano” frente a actos de autoridad.
Senadores de oposición como Lilly Téllez señalaron que la reforma “abolla el único escudo de los ciudadanos ante el gobierno corrupto”, mientras Amalia García (MC) alertó que se trata de una “contrarreforma” que pone en riesgo los derechos colectivos, recordando que el interés legítimo fue clave para frenar concesiones mineras en Puebla.
Lo que sigue en la Cámara de Diputados
Aunque el Senado ya aprobó el dictamen, la reforma todavía no es definitiva. La Cámara de Diputados deberá discutirla y eventualmente aprobarla para que pueda publicarse en el Diario Oficial de la Federación y entrar en vigor.
Hasta entonces, el debate seguirá abierto: para el oficialismo, se trata de una medida para reforzar la justicia y el interés fiscal; para la oposición, un cambio que abre la puerta a que el gobierno modifique las reglas en pleno juicio y limite la defensa ciudadana.