El nuevo Código Fiscal de la Federación 2026, aprobado en comisiones de la Cámara de Diputados el 14 de octubre, ha encendido las alarmas por una medida que permitiría al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceder en línea y en tiempo real a los sistemas de las plataformas digitales.
La propuesta, contenida en el nuevo artículo 30-B, incluye expresamente a los servicios de streaming, intermediación digital, educación en línea y páginas de citas, como Tinder o Bumble, dentro de la definición de servicios digitales sujetos a supervisión fiscal.
Qué dice exactamente la propuesta
El artículo propuesto establece que los prestadores de servicios digitales deberán permitir al SAT un acceso permanente, en línea y en tiempo real a la información contenida en sus sistemas o registros, cuando esté relacionada con las operaciones que realicen en México.
Es decir, el gobierno tendría la capacidad de monitorear operaciones financieras y transaccionales dentro de las plataformas digitales. No se trata de leer mensajes o revisar perfiles personales, sino de vigilar pagos, suscripciones o ingresos derivados de actividades dentro de esas apps.
Sin embargo, la redacción es lo suficientemente amplia como para generar preocupación entre usuarios y expertos en derechos digitales, que advierten posibles riesgos de intrusión en la privacidad.

¿Por qué aparecen las apps de citas?
El texto del documento que acompaña la iniciativa menciona explícitamente las “páginas de cita” al enumerar los tipos de servicios digitales regulados. En el mismo grupo se incluyen los de streaming, clubes en línea, educación a distancia y plataformas de intermediación.
Esto significa que, al igual que Netflix o Spotify, las apps de citas también entrarían en el radar del SAT en caso de aprobarse la reforma.
Qué pasaría si se aprueba
De avalarse en el Pleno, el SAT tendría tres nuevos poderes clave:
- Acceso técnico directo a los sistemas de plataformas digitales que operen en México, para revisar en tiempo real sus operaciones.
- La capacidad de bloquear temporalmente los servicios de aquellas empresas que incumplan con sus obligaciones fiscales, a través de concesionarios de telecomunicaciones como Telmex o Totalplay.
- La posibilidad de imponer sanciones o suspender operaciones a plataformas que no cooperen con la revisión en tiempo real.
Estas medidas serían justificadas bajo el argumento de reforzar la recaudación y la equidad fiscal frente a un sector digital en expansión, pero podrían abrir la puerta a una vigilancia masiva sobre datos que no necesariamente son de carácter fiscal.
Aprobado en comisiones, no definitivo
Hasta el momento, la medida solo ha sido aprobada por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, junto con el resto del paquete fiscal 2026.
Falta que el Pleno de la Cámara discuta el dictamen y que, posteriormente, pase al Senado.
Esto significa que el “acceso en tiempo real” y el posible bloqueo a plataformas digitales aún pueden modificarse o eliminarse durante el proceso legislativo.