Compras tu uniforme. Pagas tus herramientas. Pones tu celular, tu internet, tu gasolina… y todavía das gracias por tener trabajo. Para millones de mexicanos, laborar se volvió sinónimo de pagar por trabajar. Y lo peor: muchos ya creen que eso es normal.
No lo es. Y es ilegal. La Ley Federal del Trabajo es clarísima: el patrón está obligado a darte todas las herramientas, instrumentos y materiales necesarios para hacer tu chamba.
Lo dice el Artículo 132. Y también dice algo más: no pueden cobrarte ni un peso por el desgaste. Si lo hacen, están violando la ley y se exponen a multas de hasta cinco mil UMAs. En 2026, eso significa sanciones que rondan 600 mil pesos por cada infracción.
Casos donde pagas por trabajar se multiplican
Este abuso no es menor y en México se replican casos graves donde obligan a los empleados a poner su dinero para la chamba, como sucede con los carteros de Sepomex, que pagan de su bolsa la gasolina, refacciones para su moto y hasta papelería, garrafones de agua y productos de limpieza para la oficina.
“Yo, como repartidor, utilizo para mi trabajo una motocicleta, refacciones y papelería, pero si algo me falta o se descompone, yo lo pago. Esto me hace sentir impotente porque veo la manera de sacar el trabajo y ponerme la camiseta, pero el gobierno federal no nos hace caso en nuestras necesidades”, relató Arturo, un los afectados de Sepomex, a través de una nota publicada por el Sol de Puebla.
Los abogados alertan que tales abusos constituyen una transferencia silenciosa de costos: la empresa ahorra y tú pagas. Y mientras más trabajadores lo aceptan “porque así es aquí”, más se normaliza que el empleo ya no solo canse… también vacíe tu bolsillo. Hoy no es un favor exigir tus herramientas. Es tu derecho.
¿Qué multas enfrenta tu empresa abusiva?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) es muy precisa y se va con todo contra las empresas abusivas que obligan a los trabajadores a poner insumos para cumplir con sus funciones… no solo pagar gasolina, sino pagar la renta del celular, licencias de apps y hasta computadoras y celulares.
Para no permitir este tipo de abusos, el Artículo 132, Fracción III de la LFT advierte a los empleadores están obligados a “proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes”.
Y para que todo quede muy claro y se entienda que los casos descritos son de un delito, la misma ley en su Artículo 1002 sentencia que este tipo de abusos se castigan con multas “equivalentes de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA)”.
De acuerdo con el valor actual de la UMA, de 117.31 pesos diarios, los patrones que incurran en actos ilegales –como los denunciados por repartidores del correo del Servicio Postal Mexicano Sepomex– serán castigados por la Secretaría del Trabajo con 586 mil 550 pesos. Así de simple y claro.
