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La gentrificación llega a la Corte: SCJN avala tope al aumento de rentas en CDMX

Por unanimidad, los ministros confirmaron que el Estado puede regular el mercado de arrendamiento para proteger derechos constitucionales

CDMX
La decisión busca evitar desplazamientos forzados y garantizar que los habitantes permanezcan en zonas con acceso a servicios y empleo (Foto: Nicolás Corte / Publimetro)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el límite al incremento de las rentas en la Ciudad de México, una medida orientada a frenar la gentrificación y proteger el derecho a la vivienda. Con esta resolución, los alquileres no podrán aumentar por encima de la inflación del año previo, que en 2025 fue de 3.69 por ciento.

Por unanimidad, los ocho ministros presentes —con la ausencia de Giovanni Figueroa— validaron el artículo 2448 D del Código Civil para la Ciudad de México, incorporado en agosto de 2024.

Corte respalda límite para frenar alzas

La disposición fue impugnada mediante un amparo promovido por la empresa Urbanhub México; sin embargo, el pleno rechazó el recurso. El proyecto de resolución fue presentado por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, quien argumentó que el encarecimiento acelerado de las rentas y el fenómeno de la gentrificación justifican la intervención del Estado.

Señaló que el acceso a una vivienda digna, reconocido en el artículo cuarto constitucional, no puede quedar únicamente sujeto a las reglas del mercado, especialmente en contextos de alta presión inmobiliaria.


Con el nuevo criterio, un arrendamiento de 10 mil pesos mensuales solo podría incrementarse hasta 369 pesos, conforme al índice inflacionario del año anterior. La Corte sostuvo que la medida busca evitar aumentos abruptos o desproporcionados que puedan derivar en desplazamientos forzados de habitantes hacia zonas periféricas.

Asimismo, los ministros subrayaron que el Estado tiene facultades para regular el mercado inmobiliario cuando se trata de garantizar derechos fundamentales y preservar la cohesión social.

“La SCJN decidió que es procedente analizar el fondo de un amparo directo promovido por una empresa que pretendía ignorar la sentencia de un tribunal que lo obligaba cumplir con indemnizaciones por la rescisión ilegal de un contrato de servicios”, detalló Lenia Batres en X.

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