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Corte absuelve a cuatro policías por el caso News Divine

Tres ministros apoyaron la tesis de que los uniformados que estaban en la valla de contención afuera del lugar no podrían saber que adentro se efectuaba un operativo por venta ilegal de bebidas a menores de edad.

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió amparar a cuatro policías capitalinos, acusados de homicidio culposo de 12 personas y lesiones culposas de otras siete, durante el operativo policiaco del 20 de junio de 2008 en la discoteca News Divine.

Con tres votos a favor y dos en contra –3 a 2– se determinó que los policías amparados quedan exonerados totalmente de los cargos en su contra.

El proyecto de dictamen fue elaborado por Arturo Zaldívar Lelo de Larrea el cual apoyó el amparo “liso y llano” a favor de Jesús Esteban Cortés Alcántara, Luciano Baeza Chávez, ex jefe de la Unidad de Protección Ciudadana, sector Zaragoza, Marcela Rivera Ruiz y Rosa Herlinda Antúnez Vázquez.

Los expolicías habían recibido sentencias condenatorias de entre 19 y 24 años de prisión, luego de que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) los responsabilizó de las 12 muertes, porque habían formado parte de la valla de contención que impidió a las víctimas salir del lugar.

El argumento fue que el ministerio público capitalino no demostró de forma plena la culpabilidad de los acusados, quienes no tenían manera de saber que en los momentos en que participaban en la valla de contención a las afueras de la discoteca, al interior se llevaba a cabo un operativo por la venta ilegal de bebidas a menores de edad.

A dicho panorama, el ministro sumó que en el antro se habían apagado las luces y el aire acondicionado, lo que generó la catástrofe donde murieron nueve jóvenes, dos policías y un judicial. El documento recibió el respaldo de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Pardo Rebolledo.

Mientras que José Ramón Cossío y Norma Piña Hernández votaron en contra de la decisión por considerar que los uniformados eran responsables de los hechos, en razón de que «optaron por acatar la orden y detener a los jóvenes, frente al deber de proteger la vida e integridad física de éstos, pues intervinieron en la contención de su salida, a pesar de que era notable la compresión en que se encontraban aquéllos y previsible que se ocasionara daño a su integridad corporal».

El año pasado la sala amparó a 11 policías capitalinos y se negó a analizar a fondo el tema de la obediencia debida (aplicable a policías y militares), en casos en los que la ejecución de las órdenes impliquen la violación de derechos humanos.

En su argumentación, José Ramón Cossío consideró que los policías tenían que ser juzgados penalmente, porque prefirieron cumplir órdenes a proteger la vida de los jóvenes que estaban atrapados en la discoteca.

En el caso de las imputaciones contra el ex mando de la Policía Única (Unipol), Guillermo Zayas, la Corte ya no emitió pronunciamiento legal alguno, ya que la defensa del ex mando capitalino y actual director de Seguridad Pública en Ciudad del Carmen, Campeche, se desistió del amparo que los ministros iban a votar.

 

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