Quemadas vivas

En mayo pasado, en el edificio de Luz aparecieron pintas con amenazas de muerte; en el Ministerio Público le señalaron que no prosperaban.

La violencia contra las mujeres está imparable, cada vez los ataques y agresiones hacia nosotras las mujeres son con mayor sadismo y perversidad.

Las historias de Luz Raquel, Margarita y Liliana, no solo no pueden quedar impunes, sino que nos deben valer para evitar normalizar la violencia hacia nosotras, particularmente, la de quemarnos vivas.

Entre enero y junio de 2022, al menos 47 mujeres fueron quemadas de manera intencional en México, es decir, en promedio se cometieron entre uno y dos ataques de este tipo cada semana, de acuerdo con la Secretaría de Salud federal.

Como mujeres no podemos ser solo espectadoras de estos hechos, mucho menos como legisladoras, por eso presenté una iniciativa que fortalezca el Estado de derecho, pero sobre todo, que le de herramientas a las mujeres para hacer valer la reparación del daño y para hacer justicia.

Si bien es cierto que en el Código Penal Federal ya está tipificado cualquier tipo de violencia contra las mujeres, es necesario incorporar una sanción por la inaplicación sin causa justificada de los protocolos de atención a mujeres víctimas, así como, crear una agravante en los delitos de lesiones y homicidio cuando éstos sean mediante quemaduras causadas por uso de fuego, ácidos o cualquier sustancia corrosiva.

La iniciativa de reforma a diversos artículos del Código Penal Federal va en el sentido de sancionar de cinco a nueve años de prisión, y de 120 a 400 días multa, cuando se amenace con provocar lesiones o la muerte del ofendido o de una persona con la que esté ligado por algún vínculo, mediante el uso de fuego, ácidos o cualquier sustancia corrosiva.

A quien dolosamente infiera lesiones mediante el uso de fuego, ácidos o cualquier sustancia corrosiva, se le impondrán de seis a 12 años de prisión, sin perjuicio de las sanciones que le correspondan conforme a los otros artículos del Código; y a quien cometa el delito de lesiones en razón de género se le impondrán de 10 a 20 años de prisión y de 300 a 500 días multa.

Asimismo, se impondrá la pena del artículo 320 de este Código (de 30 a 60 años de prisión), aumentada en una tercera parte en sus mínimos y máximos, a quien cometa homicidio intencional mediante el uso de fuego, ácidos o cualquier sustancia corrosiva, sin perjuicio de las demás sanciones que correspondan conforme a otros artículos.

De igual forma, la pena se aumentará en una tercera parte en sus mínimos y máximos (40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días multa), cuando el feminicidio se cometa mediante el uso de fuego, ácidos o cualquier sustancia corrosiva, sin perjuicio de las demás sanciones que correspondan conforme a otros artículos de este Código.

Estos son algunas de las modificaciones al Código Penal Federal que incluye la iniciativa que presenté para sancionar ataques contra las mujeres mediante el uso de fuego, ácidos o cualquier sustancia corrosiva.

Sé que aún falta mucho por hacer, que poco sirve el incremento de penas o sanciones si no se aplica la ley y la impunidad persiste, pero tampoco podemos quedarnos cruzadas de brazos mientras que en México nos sigan matando a más mujeres o nos quemen vivas.

* Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quien las escribe y firma, y no representan el punto de vista de Publimetro.

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