Integrantes del máximo tribunal deben estar libres de cuestionamientos

La senadora Graciela Gaitán responde a la pregunta: ¿el presunto plagio de tesis de Yasmín Esquivel pone en riesgo su credibilidad como ministra de la SCJN?

Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la SCJN y María de la Luz Mijangos Borja conversando durante un evento del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la SCJN y María de la Luz Mijangos Borja conversando durante un evento del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). (Andrea Murcia Monsivais)

Se ha dado noticia en los medios de comunicación del supuesto plagio de la tesis de licenciatura en derecho de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, integrante de la Suprema Corte, lo que ha provocado un sinfín de opiniones: que se le debe retirar su título; que debe renunciar a dicho encargo; la probable comisión de un delito y que debe renunciar a sus aspiraciones de presidir la Corte.

La propia Ministra señaló que empezó a escribir su tesis dos años antes de publicarla (1985), un año antes de la otra tesis (1986), por lo que denunció ante la Fiscalía General de la República, el supuesto plagio, pero ahora en contra de Edgar Ulises Báez.

Es importante destacar, por ser la instancia competente, el comunicado que publicó la UNAM, en el sentido de que se está llevando a cabo la investigación correspondiente, pues se ha certificado un “alto nivel de coincidencias”, entre la tesis de la Ministra Esquivel Mossa y la del año anterior de Edgar Ulises Báez.

Por esta razón, el Comité de integridad Académica y Científicas de la FES Aragón, de conformidad con la legislación universitaria, será quien analizará los trabajos de tesis y determinará lo correspondiente.

Lo que es fundamental, en mi consideración, es que cada una de las y los integrantes del máximo tribunal de nuestro país, debe estar libre de cuestionamientos en lo personal, profesional y académico.

Pues la Constitución Federal establece como requisito para ser Ministra o Ministro “gozar de buena reputación” y que los nombramientos “deberán recaer preferentemente entre que hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica”, dado que las funciones que realizan son trascendentales para la justicia de las y los mexicanos, pues en dicho tribunal se resuelven los asuntos más importantes.

* Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quien las escribe y firma, y no representan el punto de vista de Publimetro.

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