El artículo 6 de la Constitución establece como derechos fundamentales de todas las personas el acceso a la información pública y la protección de los datos personales. Para ello, también se creó un organismo garante que debe vigilar que todas y todos los mexicanos puedan ejercerlos cabalmente.
En ese sentido, la Ley señala un complejo procedimiento para designar a quienes tienes la responsabilidad de integrar el órgano máximo del INAI. Se trata de una obligación del Senado, en la que el Presidente de la República pueda objetar la decisión de la Cámara Alta.
Así sucedió en meses pasados cuando después de un cuidadoso proceso en el que se analizaron decenas de perfiles para elegir a las personas más adecuadas para desempeñar dicha función.
Sin embargo, más allá de la integración del INAI, la cual requiere la construcción de consensos políticos, los derechos de la ciudadanía están a salvo. Cualquiera que desee obtener información pública gubernamental o bien que considere que sus datos personales pueden estar en riesgo puede acudir a las instituciones públicas o al propio instituto.
Esos derechos de las y los mexicanos están salvaguardados porque su ejercicio se encuentra regulado por la propia Ley. A diario los tres poderes de la Unión y los distintos órdenes de gobierno atienden miles de solicitudes de información y aún más la ciudadanía puede acceder a ella de manera directa a través de las diversas plataformas que cada dependencia o instancia gubernamental tienen abiertas
Todas las fuentes públicas están disponibles para quien quiera consultarlas. Por tanto, los derechos fundamentales previstos en la Constitución pueden ejercerse con toda libertad y con la seguridad de que todas las solicitudes son atendidas en tiempo y forma.
La integración del pleno del INAI es importante, pero solo es una vía más para que la ciudadanía pueda disfrutar a plenitud sus derechos.