Actualmente muchas parejas deciden no casarse y vivir en unión libre, pero aquellas que llevan dos años viviendo de esa forma, malas noticias: ¡No puedes decir que eres solter@!, pues de acuerdo a la especialista Sandra Ventura, vives en concubinato.
Sandra Ventura, abogada especialista en materia familiar y contractual, aseguró que todos cuando nacemos somos solteros, sin embargo, al momento de unir nuestra vida con alguien se puede generar una acta de matrimonio o de concubinato.
La especialista afirmó que al igual que el matrimonio, el concubinato también genera derechos y obligaciones que se pueden acreditar de forma legal.
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“Por ejemplo hay una persona que fallece, un viudo o una viuda quiere salvar los derechos que le quedaban de seguridad social, como pueden ser pensiones, jubilaciones o seguros de vida, sí tiene que probar que es concubino, para eso podemos incorporar también la constancia de concubinato”, detalló.
Los requisitos para tramitar la acreditación de concubinato incluyen:
Haber vivido en forma constante y común por mínimo dos años y solo podrá ser menor a ese tiempo si se tiene un hijo en común
- Las actas de nacimiento de los hijos en caso de existir
- Presentar identificaciones oficiales
- Comprobantes de domicilio
- Testigos para acreditar la relación
- Constancia de inexistencia de matrimonio
La acreditación de concubinato es un documento expedido por el registro civil.
“Y ahí se da fe de que esa persona con sus datos de afiliación correspondientes no tiene un registro de matrimonio o en caso de que si lo tuviera trae una anotación que dice que se encontró un registro de matrimonio con tal persona y con tales datos registrales”, aseguró Crystel Arrellano, subdirectora de Asuntos Jurídicos, Registro Civil CDMX
Cabe destacar que la solicitud de la acreditación de concubinato se ha incrementado con la pandemia y el trámite puede tardar hasta tres meses.