Puebla

¿Cuáles son los requisitos para ser el Gobernador sustituto de Puebla?

El nombramiento tendrá que realizarse en una sesión extraordinaria, antes de que termine el año

FOTO: Agencia Enfoque
CONGRESO PUEBLA Margarita Gayosso Ponce, presidenta del Poder Judicial en Puebla; Sergio Salomón Céspedes Peregrina, presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado; Ana Lucía Hill, encargada de despacho del Gobierno de Puebla y Carlos Palafox Galeana, magistrado presidente de la Judicatura del Poder Judicial del estado.

El próximo gobernador sustituto que elija el Congreso de Puebla, tras la muerte de Miguel Barbosa Huerta, no podrá ser ni funcionario público, ni diputado en el cargo, así lo advirtió la diputada local, Mónica Rodríguez Della Vecchia.

La legisladora panista recordó que, de acuerdo a lo previsto en la ley, ciudadano o ciudadana que sea elegido para sustituir el cargo del Ejecutivo Estatal no puede ser funcionario público, municipal, estatal o federal, pues debe estar separado de su cargo por 90 días.

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Además, tiene que ser de nacionalidad mexicana y mayor a 30 años y tampoco se puede nombrar a alguien que pertenezca a las fuerzas armadas o a cualquier culto religioso.

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El nombramiento tendrá que realizarse en una sesión extraordinaria, debido a que el 15 de diciembre termina el período ordinario de sesiones.

En ese sentido, Rodríguez Della Vecchia hizo un llamado a sus compañeros diputados para que se tome una decisión con madurez, considerar los requisitos base de elegibilidad y ver por la estabilidad de Puebla

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