La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) en Puebla aseguró que restaurantes que tengan sus permisos en orden para cumplir para el reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (LGCT), previo a la reforma, podrán ampararse contra la prohibición de consumo de alimentos y bebidas en zona de fumar.
A través de un comunicado, el presidente Carlos Azomoza Alacio aseguró que los afiliados pueden hacer un “trámite muy sencillo” y en 24 horas pueden obtener su amparo para activar sus áreas de fumar.
Sin embargo, apuntó que este beneficio es solo para los restaurantes que ya tenían destinadas sus áreas al aire libre o terrazas, tener todos sus permisos en orden, y estar al corriente sus cuotas de la cámara.
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“Legalmente amparo funciona de manera individual, aquí los 55 restaurantes que ya tenían su amparo hecho, ellos de igual forma pueden tener ese beneficio porque ya les salió la suspensión, para unos temporal y para otros definitiva”.
Mencionó que el 13 de julio, el décimo cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió a Canirac nacional, la suspensión definitiva del decreto y pudieran hacer uso de sus áreas para fumar.
Con ello, refiere, se suspende la aplicación de la reforma al reglamento para los restaurantes que demuestren su afiliación a la cámara, y cuenten con licencia de funcionamiento vigente que cumpla con el reglamento de la denominada Ley antitabaco, previo a la reforma.
Según datos de la Canirac, los cambios al reglamento que se hicieron válidos en enero del 2023, los restaurantes que tenían área para fumadores, reportaron pérdida de hasta el 40% de sus ventas, pues se prohibía servir alimentos y bebidas en zonas donde simultáneamente se permitiera fumar.
No hay sentencia, ni amparo colectivo, revira ONG
En contraste, la organización Salud Justa Mx, señaló que Canirac engaña a sus afiliados y a la opinión pública, pues su amparo en contra de la LGCT carece de interés legítimo y no representa a sus afiliados, sino a la industria del tabaco.
“La cámara, en sus comunicados de prensa, han mencionado a sus afiliados que van a ser beneficiados de una suspensión definitiva, cuando en realidad ya hay una sentencia que determinó que no tiene interés jurídico”.
— Maximiliano Cárdenas, asesor jurídico.
En rueda de prensa, Maximiliano Cárdenas, representante jurídico, dijo que no es la cámara la que tiene que presentar el amparo, sino los establecimientos, pues, aunque hay más de mil 700 en el país, la mayoría no proceden y las sentencias se han sobreseído por falta de interés jurídico.
El 16 de diciembre de 2022 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones al Reglamento de la LGCT que entraron en vigor el 15 de enero de 2023 y contemplan espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones, así como la prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco. A partir de esta publicación algunas empresas se han amparado en contra de dicho reglamento.