La Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla confirmó la primera denuncia por ciberasedio, presentada el mismo día en que entró en vigor la reforma al Código Penal del Estado que tipifica este delito, como parte de la controvertida Ley de Ciberseguridad, también conocida como “Ley Censura”.
En entrevista, la titular de la FGE, Idamis Pastor Betancourt, explicó que, dependiendo de la naturaleza de la agresión, los casos serán canalizados a la Fiscalía Especializada en Delitos de Género, particularmente cuando la víctima sea una mujer.
“Tenemos una denuncia que ingresó por ciberasedio o ciberacoso, como le quieran llamar. El procedimiento consiste en acudir a la Fiscalía de Género si se trata de una mujer que está siendo acosada, agredida o denostada”, señaló.
La reforma fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el pasado 14 de junio y contempla penas de hasta tres años de prisión y multas de hasta 33 mil pesos a quien realice campañas anónimas en redes sociales con el objetivo de dañar la imagen o reputación de una persona.
Betancourt explicó que, aunque anteriormente se presentaban denuncias por estas conductas, las autoridades no podían actuar penalmente porque no existía un tipo penal que las sancionara. “Se presentaba la denuncia, pero no había ejercicio de la acción penal porque no había delito que perseguir”, subrayó.
La presidenta del Congreso local, Laura Artemisa García Chávez, ya había adelantado la existencia de esta denuncia durante un encuentro con medios de comunicación el pasado 16 de junio, donde explicó que la víctima es una mujer que fue señalada de forma reiterada en redes sociales con nombre, imagen y la ubicación de las escuelas de sus hijos, lo que puso en riesgo a su familia.
“En otras circunstancias no se hubiera podido hacer nada”, argumentó la diputada, aunque también reconoció que para que la denuncia proceda, la víctima deberá probar que esas publicaciones le causaron un daño emocional.
Ante las críticas que ha generado esta ley a nivel nacional por su posible impacto en la libertad de expresión, García Chávez aseguró que el Congreso está abierto a modificar o ampliar el artículo 480 del Código Penal, con el fin de garantizar que el ejercicio periodístico no se vea limitado por esta legislación.
📌 ¿Qué delitos contempla la Ley de Ciberseguridad en Puebla?
La reforma al Código Penal establece sanciones para los siguientes delitos digitales:
- Usurpación de identidad con fines de lucro: hasta 8 años de prisión.
- Grooming (adultos que se hacen pasar por menores para cometer delitos sexuales): hasta 5 años de prisión.
- Espionaje digital: hasta 3 años de prisión.
- Ciberasedio (ciberacoso): hasta 3 años de prisión y multa de hasta 33 mil pesos.