En respuesta al crecimiento del uso de motocicletas y al aumento de accidentes viales en la entidad, el Congreso del Estado de Puebla aprobó una serie de reformas a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, con el objetivo de fortalecer el control y la seguridad en la circulación de estos vehículos.
Con 37 votos a favor y dos en contra, se avalaron nuevas disposiciones que establecen, entre otras medidas, que los motociclistas deberán portar un código alfanumérico personal en el casco, el cual estará vinculado a una base de datos oficial de licencias.
Esta medida sustituye la propuesta inicial de colocar el número de placa en el casco.
Las reformas también incluyen restricciones para la circulación de motocicletas y vehículos de movilidad personal, nuevas obligaciones para quienes prestan servicios de reparto, y la eliminación del permiso provisional, salvo en casos específicos.
El dictamen aprobado fue elaborado a partir de iniciativas presentadas por las diputadas Elvia Graciela Palomares Ramírez, Modesta Delgado Juárez, Laura Artemisa García Chávez, y los diputados Rosalío Zanatta Vidaurri, José Luis Figueroa Cortés y José Miguel Trujillo de Ita. También se tomaron en cuenta propuestas ciudadanas recabadas en mesas de trabajo previas.
Principales reformas aprobadas:
- Prohibida la circulación con placas alteradas u ocultas, ya sea total o parcialmente.
- Actualización de la tarjeta de circulación, que ahora deberá especificar la capacidad de ocupantes conforme al diseño de fábrica del vehículo.
- Uso obligatorio de distintivo en casco, con código alfanumérico ligado a la licencia de conducir del motociclista.
- Restricción de circulación para vehículos de movilidad personal asistida (como bicicletas eléctricas y monopatines que superen los 25 km/h), en vías primarias o de alta velocidad, salvo que haya infraestructura segura.
- Obligatorio el uso de chaleco o chaqueta reflejante (mínimo 20%) para motociclistas que presten servicios de mensajería o paquetería, en todo horario.
- Todas las motocicletas deberán circular con luces encendidas en todo momento.
- Restricción de pasajeros: solo podrá ir a bordo la persona conductora y el número de acompañantes permitido por la tarjeta de circulación. Se prohíbe transportar menores de 12 años o personas que no puedan sostenerse por sí mismas. También queda prohibida la modificación del vehículo para ampliar los asientos.
- Las motocicletas deberán circular al centro del carril, sin compartirlo con otros vehículos similares.
- Se elimina el permiso provisional de circulación, con excepción para motocicletas nuevas sin placa, únicamente para el trayecto del punto de venta al domicilio. El permiso deberá ser emitido por el distribuidor autorizado por la Secretaría.
Estas medidas buscan fortalecer la seguridad vial en la entidad, reducir accidentes y garantizar un mayor control sobre los vehículos de dos ruedas que circulan en el estado.