Ingresó al Congreso del Estado la propuesta de reforma al artículo 480 del Código Penal del Estado, presentada por la diputada Fedrha Suriano Corrales, que no elimina el delito de ciberasedio, pero lo redefine para excluir a servidores públicos e instituciones gubernamentales como posibles víctimas, además de reducir la pena de prisión.
Durante la sesión ordinaria de este jueves, la legisladora de Movimiento Ciudadano (MC) propuso modificar la redacción del polémico artículo de la Ley de Ciberseguridad y reducir la pena máxima de tres a dos años de cárcel para quien cometa este delito.
Entre los principales cambios, se establece que la conducta debe repetirse en al menos dos ocasiones para que se considere como ciberasedio, y se precisa que este afecta principalmente a menores de edad, sin contemplar a funcionarios públicos como posibles agraviados. Además, se busca proteger el ejercicio periodístico y el derecho a la libertad de expresión en medios de comunicación.
La redacción vigente sanciona el uso reiterado de insultos, injurias, agravios u ofensas que causen daño emocional o físico. La nueva propuesta plantea lo siguiente:
“Comete el delito de ciberasedio quien, a través de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, coaccione, calumnie o incite a la violencia en contra de otra persona de manera reiterada, produciendo una afectación a la integridad psicológica de la víctima.”
Asimismo, se establece una exclusión específica para funcionarios:
“La coacción, calumnia o incitación a la violencia en contra de personas servidoras públicas o instituciones gubernamentales no será considerada como ciberasedio; lo anterior sin perjuicio de las sanciones que procedan si se acredita la comisión de otro delito.”
La iniciativa contempla una sanción de seis meses a dos años de prisión, además de una multa de cincuenta a trescientos días de UMA. Actualmente, la pena puede alcanzar los tres años de cárcel.
En los casos en que la víctima sea menor de edad, la pena se agravará: se incrementará desde una tercera parte de la mínima hasta dos terceras partes de la máxima. Además, se elimina el texto vigente que señalaba que “se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico”.
Cabe recordar que, tras la aprobación de la llamada “Ley Censura”, al menos tres amparos han sido tramitados contra el Congreso de Puebla. En uno de ellos, un juez federal concedió suspensión provisional a favor del promovente.
No obstante, la presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Legislativo local, Laura Artemisa García Chávez, afirmó que el área jurídica aún no ha sido notificada formalmente sobre dichas medidas.