La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por Acción Nacional en contra del delito de ciberasedio; sin embargo, el recurso podría ser desechado, ya que el Alto Tribunal advirtió que no se trata de una norma en materia electoral.
La demanda fue presentada el pasado 8 de julio por el dirigente nacional del PAN, Jorge Romero Herrera, y quedó registrada bajo el expediente 75/2025.
El recurso cuestiona las reformas impulsadas por el Congreso local en el artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla, al considerar que vulneran el derecho a la libertad de expresión, especialmente en lo que respecta a críticas hacia funcionarios públicos.
En su resolución preliminar, la Corte indicó que, tras un análisis inicial, la norma impugnada no está relacionada con materia electoral, por lo que se determinó reservar el turno del expediente hasta que se conforme la nueva integración del Pleno, a fin de que se decida lo procedente respecto a su tramitación.
“Se advierte que la presente acción de inconstitucionalidad no versa sobre la materia electoral, por lo tanto, se reserva el turno del presente asunto hasta en tanto quede constituida la nueva integración de este Alto Tribunal”, puntualizó la SCJN.
Cabe recordar que el pasado 10 de julio, el Congreso de Puebla aprobó una reforma al artículo 480 del Código Penal local, con el objetivo de excluir de sanción penal las críticas hacia servidores públicos y garantizar el derecho a la libertad de expresión, como parte de los ajustes a la tipificación del delito de ciberasedio.