Querétaro

Ignora Congreso recomendación de CNDH, al no ser vinculatoria

La recomendación se emitió desde el 5 de abril al considerar discriminatorio un artículo del Código Civil del estado

Congreso llama no vinculante la recomendación del CNDH. (Cortesía)
Congreso llama no vinculante la recomendación del CNDH. (Cortesía) (BG)

La presidenta del Congreso del Estado, Graciela Juárez, afirmó que la recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitida por las restricciones a personas que viven con VIH/sida para que contraigan matrimonio, no es vinculante, por lo que el Congreso local no está obligado ni tiene plazos para legislar al respecto.

“No es vinculante la recomendación. Ya se hizo el procedimiento legislativo, se dio conocimiento en pleno para que alguna diputada o diputado tomé la decisión si toman o no el tema”, expresó y aunque se dijo a favor de evitar todo tipo de discriminación y realizar cambios al Código Civil, no confirmó si presentará alguna reforma al respecto.

Fue desde el pasado 5 de abril que se realizó la recomendación 48/2023, al detectar que esta limitante del Código Civil vulnera el derecho a formar una familia, a la igualdad y no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad.

En el documento se pide al Congreso local realizar las modificaciones necesarias a favor de las personas que viven con VIH o Sida y/u otras enfermedades crónicas e incurables, contagiosas o hereditarias, y que su estado de salud no sea una prohibición para unirse en matrimonio, eliminando así las violaciones a sus derechos.

Ante ello, la legisladora explicó que, ya fue notificada a cada uno de los 25 legisladores, quienes podrán decidir si presentan o no alguna iniciativa de reforma, pero reiteró que no se tienen plazos y tampoco se trata de “una obligación el realizar las adecuaciones. No nos obligan a que demos cumplimiento a este tema”.

Agregó que la armonización del Código Nacional de Procedimientos Civiles, para la cual se tienen 120 días, podría ser una oportunidad para considerar estos cambios, por lo que no descartó esta posibilidad.

Es el artículo 148, de dicho Código, el que considera como un impedimento para la celebración del matrimonio civil, hechos como “la embriaguez habitual, el uso indebido y persistente de cualquier tipo de drogas enervantes o padecer una enfermedad incurable que sea contagiosa o hereditaria”.

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