Regulación de scooters, incentivos fiscales para disminuir uso del automóvil y sanciones más severas para conductores irresponsables, son algunos de los planteamientos que contiene la iniciativa de Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Querétaro que ingresó este lunes el diputado Enrique Correa.
Detalló que los puntos principales de la iniciativa son la movilidad segura, encaminada a priorizar a peatones, ciclistas y usuarios del transporte público en la jerarquía de movilidad, transformando el uso de la vía pública y generar una nueva conciencia.
Otro aspecto es la movilidad sustentable, por lo que mediante incentivos fiscales se busca promover el uso de medios alternativos como bicicleta, el auto compartido, vehículos eléctricos y transporte público, creando políticas públicas para disminuir el uso del automóvil privado.
Como tercer eje, subrayó la regulación de scooters eléctricos y su uso público. También considera el endurecimiento de sanciones e infracciones para quienes violenten el reglamento de tránsito y provoquen lesiones o pérdida de la vida, agravando los delitos hasta en una tercera parte y la pérdida de la licencia hasta por 5 años a quienes conduzcan en estado de ebriedad.
De igual forma, resaltó que se busca protección a motociclistas trabajadores, por lo que se obliga a los patrones que se brinde capacitación semestral y también brindar de equipamiento necesario para su uso.
“Esta iniciativa crea la Ley de Movilidad sustentable y Seguridad Vial del Estado, y segundo, modifica el Código Penal para endurecer las sanciones en el tema de lesiones y homicidio, derivados de violación al reglamento de transito”, destacó,
Asimismo, enfatizó que contiene modificaciones a la ley de educación para que sea una obligación de las instituciones iniciar con formación cívica sobre el uso de la vialidades, y que desde la niñez se tenga información sobre el uso responsable del automóvil.
La iniciativa también reitera los límites de velocidad máximos para garantizar la seguridad vial y la protección de los usuarios, dichos límites no deberán rebasar los 20 km/h en zonas de hospitales, asilos, albergues y casas hogar, así como en entornos escolares o al aproximarse a un autobús escolar detenido con luces intermitentes activadas (cuando se trate de vías secundarias y calles terciarias.
Además, se fija un máximo de 30 km/h en calles secundarias y terciarias; 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado y en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 km/h dentro de ellas.