Hace algunos días el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) aprobó enviar al Congreso local una iniciativa de reforma en materia electoral, la cual contempla cambios relevantes en materia de género, grupos de atención prioritaria y la creación de una defensoría pública electoral.
En entrevista para Publimetro Querétaro, Daniel Dorantes Guerra, consejero electoral del IEEQ, explicó los aspectos clave que contempla esta reforma, que se compone de elementos técnico-operativos y de elementos que buscan proteger los derechos humanos de la población queretana, siendo este segundo el que más llama la atención, pues podría tener efectos directos en la elección de candidatos de los partidos políticos a los ayuntamientos queretanos en 2027.
“La obligación de los partidos políticos de postular mujeres, al menos en el 50% de los municipios donde históricamente no ha habido una presidenta municipal; lo que yo te podría compartir ahorita es que no decimos expresamente en la ley cuáles son estos municipios, pero son El Marqués, Querétaro, Tequisquiapan, Amealco y Colón. De esos cinco municipios, los partidos tendrán que elegir el 50%, es decir, tres en este caso, donde deberán postular mujeres y, en el tema de derechos humanos, pues igualmente buscamos garantizar la inclusión de personas de grupos de atención prioritaria”.
Este segundo aspecto que comenta Dorantes Guerra contempla que, de los grupos de atención prioritaria (personas de la comunidad LGBTTIQA+, personas con discapacidad, migrantes, indígenas, afrodescendientes, adultos mayores y jóvenes), los partidos políticos deben postular fórmulas completas integradas por ciudadanos del grupo de atención prioritaria que sea más numeroso para cada ayuntamiento.
“Esto va a garantizar que, gane el partido que gane, por lo menos exista una fórmula completa de ese grupo de atención prioritaria, es decir, para no decirte en específico, el municipio ‘A’, resulta que ahí la población es LGBTTIQA+, perfecto, cada partido me deberá mandar en su planilla una fórmula completa de LGBTTIQA+, es decir, propietario y suplente. Cuando gane el partido A o gane el partido B o gane el partido C, habrá una fórmula y estamos garantizando el acceso al poder de esa fórmula; serán o presidente municipal o presidenta municipal o regidores”.
Con estas modificaciones se busca que grupos de población que históricamente han sido marginados de los cargos de elección popular tengan la posibilidad de acceder a la toma de decisiones en el estado. Un aspecto a considerar y en el que el IEEQ deberá presentar lineamientos claros para el registro de candidaturas, ya que en el país se han presentado casos en los que partidos políticos buscan burlar la ley haciendo pasar a personas por integrantes de estos grupos prioritarios.
“¿Cómo la autoridad electoral se va a cerciorar de que sí pertenezcan o no a este grupo de atención prioritaria? Porque es donde más hemos visto en los precedentes en tribunales que ha habido muchísimos fraudes y la realidad es que el consejo no está establecido en la ley, no lo previmos. Lo que yo te puedo decir es que lo tenemos considerado para la emisión en lineamientos y sí vamos a buscar la manera en que ni los partidos, ni las personas puedan generar este tipo de situaciones, sino que cumplan y que verdaderamente accedan al cargo, al poder y a la postulación aquellas personas que pertenezcan a los grupos”.
Explicó que ha mantenido diálogos con grupos, por ejemplo, de la comunidad LGBTTIQA+, de, por ejemplo, buscar algún tipo de reconocimiento por parte de asociaciones, grupos o colectivos que garanticen que el candidato forma parte de la comunidad, aunque esto aún se está debatiendo en la forma de buscar garantizar que los grupos de atención prioritaria estén representados y no haya intentos de fraude a la ley.
Dorantes Guerra señaló que en el caso de personas indígenas es el que mayor claridad en la ley se contempla y puede ser una brújula a seguir para los otros grupos. Repasemos qué reglas se pusieron en el anterior proceso electoral 2023–2024 para este tipo de postulaciones. Para el registro de candidaturas de personas indígenas se solicitaba: escritos de autoadscripción simple, haber prestado servicios a la comunidad a la que dice pertenecer, haber representado cargos tradicionales, ser representante de alguna comunidad, presentar documentos que acrediten un vínculo comunitario con la comunidad y que sean expedidos por la autoridad indígena, tradicional o comunitaria, entre otros.
Para el caso de otros grupos de atención prioritaria, se pidieron cosas como certificados médicos de instituciones públicas para personas con discapacidad, documentos que validen una residencia en el extranjero para migrantes y, en el caso de personas de la diversidad sexual, solo se pedía una manifestación de pertenencia a un género, pero en caso de detectar inconsistencias, como haberse registrado inicialmente como una persona no perteneciente a un grupo de atención prioritaria, se pedían cartas adicionales.
La iniciativa de reforma electoral debe ser aprobada por la LXI Legislatura del Estado de Querétaro y posteriormente el IEEQ presentará los lineamientos para las candidaturas en los que se buscará evitar posibles fraudes a la ley con candidatos no pertenecientes a grupos de atención prioritaria. Esta propuesta del IEEQ podría cambiar el panorama queretano de cara a las elecciones de 2027, ya que la postulación obligatoria de candidatas mujeres a por lo menos tres ayuntamientos y la conformación de planillas de grupos de atención prioritaria podrían mover las fichas y posibles aspiraciones de los actores políticos queretanos.

