Opinión

¿Incapacidad por Maternidad?

¿Incapacidad por Maternidad?
¿Incapacidad por Maternidad? /Cortesía (Kanizphoto/Getty Images)

La incapacidad por maternidad es un derecho fundamental de las trabajadoras, diseñado para proteger su salud, la del recién nacido y garantizar la estabilidad laboral y el puerperio. Este derecho se encuentra sustentando en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo, que establecen tanto los periodos de descanso como las prestaciones económicas correspondientes

La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 170 reconoce el derecho de las madres trabajadoras a disfrutar de seis semanas de descanso antes del parto y seis después del mismo, con posibilidad de transferir hasta cuatro semanas del periodo prenatal al postnatal, previa autorización médica. Además, cuando el recién nacido presenta alguna discapacidad o requiere atención hospitalaria, el descanso postnatal puede ampliarse hasta ocho semanas sin afectar el periodo prenatal.

Esta misma Ley también garantiza que durante estos periodos, la trabajadora debe de percibir su salario íntegro, el derecho a regresar a su puesto de trabajo siempre que no haya transcurrido más de un año desde el parto y además, que los periodos de incapacidad se deben de computar para efectos de la antigüedad.

En el caso de que se haya efectuado una adopción, la LFT otorga un descanso de seis semanas con goce de sueldo a las trabajadoras que adopten a un infante, por otro lado, la Ley del Seguro Social regula el acceso a los servicios médicos y prestaciones en especie para la madre y el recién nacido, como parte del Seguro de Enfermedades y Maternidad, establecidos en los artículos 84 al 90 de dicha Ley.


Derechos complementarios y lactancia

• El patrón no puede despedir a la trabajadora por el hecho de estar embarazada o por solicitar su incapacidad

• Durante los primeros seis meses de lactancia, la mujer trabajadora tiene derecho a tomar dos periodos extraordinarios de media hora o la reducción de una hora de su jornada laboral para alimentar a su hijo en un espacio limpio y privado (NO EL BAÑO), sin que esto afecte su salario.

• El derecho a las guarderías del IMSS es una prestación de seguridad social ligada a la maternidad trabajadora

Duración y distribución del descanso:

• El IMSS otorga a las trabajadoras el certificado único de incapacidad por maternidad que comprende 84 días naturales, el cual garantiza un subsidio equivalente al 100% del salario diario de cotización, siempre que la trabajadora haya cumplido con al menos 30 semanas de cotización en los 12 meses previas al inicio del descanso.

• En caso de no cumplir con este requisito, la Ley del Seguro Social establece que el patrón deberá cubrir el salario íntegro durante el periodo de incapacidad.

• La trabajadora no debe de realizar ningún trabajo remunerado en el periodo de descanso

Digitalización y trámites

En 2025 el proceso se ha simplificado. El IMSS permite la solicitud de incapacidad por maternidad en línea a través de su plataforma digital o APP. Las trabajadoras que se atienden en clínicas privadas pueden homologar sus certificados médicos externos para obtener el certificado único de incapacidad sin necesidad de acudir físicamente si cumplen con los requisitos digitales.

La incapacidad por maternidad es una herramienta de equidad de género, su sustento jurídico robusto protege la triada confirmada por la salud de la mujer, el bienestar delmenor y la seguridad social. Es responsabilidad de las empresas y del Estado garantizar que este periodo se respete, sin represalias profesionales, permitiendo que la maternidad sea compatible con el desarrollo laboral.

Así es que ya sabes; estas disposiciones garantizan que la maternidad no represente una desventaja laboral ni económica para las mujeres trabajadoras, la incapacidad también contribuye al bienestar del recién nacido y al fortalecimiento de la igualdad laboral.

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alejandro.cabrera@catemqueretaro.com

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