Opinión

¿Teletrabajo?

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El teletrabajo se ha consolidado como una modalidad laboral estratégica que transforma la organización del trabajo y redefine las relaciones entre empleadores y personas trabajadoras. La NOM-037-STSP-2023 establece los lineamientos necesarios para garantizar condiciones seguras y saludables en esta forma de prestación de servicios, reconociendo que el hogar o el lugar elegido por la persona trabajadora para laborar, también constituye un espacio de trabajo que debe cumplir con ciertos criterios de seguridad, higiene del trabajo, ergonomía y bienestar.

Puntos clave

• Aplica para todas las empresas

• Garantiza condiciones de seguridad y salud para los teletrabajadores


• Previene accidentes, enfermedades y riesgos psicosociales

• La empresa debe de contar con una Política de Teletrabajo

• El patrón debe de proporcionar los elementos necesarios al teletrabajador

Uno de los principios centrales de la norma es la identificación y gestión de riesgos en el domicilio o sitio remoto a la fuente de trabajo. Esto implica que el empleador debe proporcionar una guía para verificar condiciones adecuadas de iluminación, ventilación, orden, limpieza, así como asegurar que el mobiliario y equipo permitan una postura ergonómica que reduzca la fatiga y prevenga trastornos musculoesqueléticos

La persona teletrabajadora, por su parte debe colaborar proporcionando información veraz sobre su espacio de trabajo y permitiendo, cuando así se decida, mecanismos de verificación no intrusivos, como el llenado del cuestionario, lista de comprobación o revisiones virtuales que establece la propia norma para su elegibilidad a esta modalidad.

La NOM-037 también enfatiza la provisión y mantenimiento del equipo necesario para desempeñar las funciones laborales por parte del patrón. Esto incluye herramientas tecnológicas, software, dispositivos de comunicación y, cuando sea necesario mobiliario ergonómico. El empleador debe garantizar que estos recursos funcionen adecuadamente y brindar capacitación para su uso seguro.

Asimismo, la norma establece la obligación del patrón de cubrir los costos derivados del teletrabajo, como el consumo proporcional de energía eléctrica o servicios de telecomunicación (como teléfono e internet), siempre que se haya pactado esta modalidad

Otro eje fundamental es la organización del tiempo de trabajo. La norma protege el derecho a la desconexión, evitando que las jornadas se extiendan de manera indebida y promoviendo pausas activas que reduzcan la carga física y mental. También exige que se respeten los horarios establecidos y que se implementen mecanismos de supervisión que no vulneren la privacidad ni generen un ambiente de vigilancia excesiva.

En materia de salud y seguridad, la NOM-037 obliga a implementar programas de capacitación sobre ergonomía, prevención de riesgos psicosociales, autocuidado y uso adecuado del equipo. El teletrabajo puede generar aislamiento, sobrecarga o difuminación de límites entre vida personal y laboral, por lo que la norma impulsa estrategias para fortalecer la comunicación, el acompañamiento y la detección temprana de factores de riesgo.

Finalmente la norma subraya la importancia de acuerdos claros entre las partes, incluyendo la voluntariedad del teletrabajo, la posibilidad de reversbilidad y la protección de datos personales. La persona teletrabajadora no debe de ser excluida de ser promocionada en el escalafón.

Así es que ya sabes; con la NOM-037 no solo se regula una modalidad laboral en expansión, sino que promueve un enfoque equilibrado que combina productividad, bienestar y responsabilidad compartida.

alejandro.cabrera@catemqueretaro.com

* Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quien las escribe y firma, y no representan el punto de vista de Publimetro.

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