El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito dictó una resolución unánime que modifica el curso del litigio iniciado por Gloria Trevi en contra de Marlene Leticia Calderón Derat.
Según lo determinado por los magistrados, la demanda por supuesto daño al honor y daño moral no deberá tramitarse en la Ciudad de México, sino que será remitida al Juzgado Primero Civil del Distrito Judicial de Ahome, con sede en Los Mochis, Sinaloa, lugar donde reside la parte demandada.
Este fallo surge a raíz de una inhibitoria promovida por la defensa de Marlene Calderón, mediante la cual se cuestionó la competencia del Juzgado Décimo Séptimo de lo Civil de la Ciudad de México para conocer del caso.
Tras analizar los argumentos, el órgano colegiado concluyó que, al tratarse de una acción personal de responsabilidad civil, las reglas del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares establecen que el juicio debe desarrollarse en el domicilio de quien es demandado.
El Tribunal rechazó el planteamiento de que la invocación de leyes capitalinas otorgue a la parte actora la facultad de elegir unilateralmente el tribunal. Los magistrados Víctor Manuel Alonso Inclán, Georgina Vega de Jesús y Adalberto Eduardo Herrera González subrayaron que permitir tal discrecionalidad afectaría la seguridad jurídica de los ciudadanos y alteraría las reglas de competencia territorial vigentes.
Asimismo, se puntualizó que la parte demandada nunca aceptó someterse a la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de México, habiéndose limitado a comparecer para impugnar dicha competencia.
Esta determinación judicial no implica, bajo ninguna circunstancia, un adelanto de criterio respecto al fondo de la controversia. El fallo se limita estrictamente a una cuestión procesal y no prejuzga sobre la veracidad de los hechos, la existencia de daño moral o la responsabilidad de alguna de las partes involucradas. En este sentido, prevalece el principio de presunción de inocencia para todos los sujetos implicados en el proceso.
El traslado del expediente a Los Mochis permite que, en dicha jurisdicción, se analicen tanto las pretensiones originales como las defensas y eventuales contrademandas que Marlene Calderón ha señalado sobre los hechos origen del litigio. Con este movimiento, la disputa legal entra en una nueva etapa, donde las autoridades judiciales de Sinaloa serán las encargadas de dirigir el curso del procedimiento conforme a derecho, garantizando el respeto a las garantías procesales de las partes.
