Economía

Multas superiores a 30 mil pesos por incumplir declaración anual: SAT

Las personas físicas y asalariados que ganan más de 400 mil pesos anuales deben declarar antes del 2 de mayo y con ello evitar multas y recargos.

Se aplicarán multas superiores a 30 mil pesos a los contribuyentes que incumplan con su declaración anual de impuestos, correspondientes al ejercicio fiscal de 2016.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que habrá una sanción de mil 240 a 15 mil 430 pesos por cada una de las obligaciones declaradas «de manera espontánea», que se representen después del 2 de mayo próximo.

Indicó que, de acuerdo a los artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación, se impondrán multas de 12 mil 640 a 25 mil 300 pesos por no presentar la declaración de impuestos a través de Internet, «estando obligado a ello».

Además de otra sanción de mil 240 a 30 mil 850 pesos por cada obligación incumplida, cuando el contribuyente ignore los requerimientos fiscales que el SAT le envíe para presentar su declaración o el pago correspondiente de los impuestos omitidos.

Lo anterior, apuntó la autoridad fiscal, además de multas adicionales «si no cumples con el plazo» que el fisco ofrece para ponerte al corriente de tus obligaciones.

Y advirtió que, aún cuando es posible presentar la declaración anual de impuestos con posterioridad, los contribuyentes que tengan un saldo a cargo o pago pendiente serán sujetos recargos y actualizaciones, que se suman al impuesto de que deben cubrir.

¿Quiénes deben declarar y, así evitar multas?

Alma Brambila, asesora fiscal y administrativa del despacho HSC Consulting, explicó que de acuerdo a las disposiciones fiscales vigentes, están obligados a declara los siguientes contribuyentes.

  1. Las personas que hayan trabajado para dos dos o más patrones (empresas).
  2. Quienes prestan servicios profesionales y cobran por honorarios.
  3. Las personas físicas con actividades empresariales, que desarrollan actividades comerciantes, industriales, agrícolas, silvícolas, pesca y autotransporte; excepto los que tributen en le Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

También debe declarar…

  1. Los contribuyentes inscritos en dos o más regímenes fiscales: sueldos y honorarios o sueldos y arrendamiento; etcétera.
  2. Las personas que hayan rentado bienes inmuebles, o hayan adquirido o enajenado algún bien durante el año pasado.
  3. Aquellos que recibieron herencias, premios, préstamos, que en lo individual o en su conjunto excedan 600 mil pesos, aún cuando ya hayan pagado los impuestos correspondientes.
  4. También deben presentar aquellos asalariados que dejaron de trabajar antes del año, que hayan trabajado siete meses.

Contribuyentes cumplidos aumentan 61%

En este contexto, el secretario de Hacienda, José Antonio Meade, informó que hasta este momento, más de un millón 500 mil contribuyentes han presentado su declaración anual 2016.

Dicha cifra, apuntó el funcionario federal, representa un aumento de 61% respecto a lo registrado en la misma fecha del año pasado.

En el marco de la presentación de su declaración anual, que fue transmitida este lunes a través de las redes sociales, destacó que dicho número de contribuyentes «cumplidos»,  462 mil son sujetos a la devolución de impuestos.

Destacó que, de acuerdo a los lineamientos previstos para el ejercicio fiscal de 2016, las devoluciones son entregadas en un plazo máximo de cinco día hábiles, a través de una transferencia bancaria.

TAMBIÉN PUEDES LEER:

  1. México, entrada para nuevos negocios de BP en Latinoamérica
  2. Semana Santa trae derrama de 7 mil mdp: Sectur
DV Player placeholder

Tags


Lo Último

Te recomendamos