Elecciones

AMLO podría ser arrestado por no respetar la veda electoral

El mandatario se ha pronunciado sobre las campañas que se desarrollan en el país a pesar de que lo prohibe la veda electoral

El Instituto Nacional Electoral (INE) podría sancionar al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, con una multa de 448 mil 100 pesos o un arresto de 36 horas, por no respetar la veda electoral.

  1. Conoce aquí los 5 productos esenciales para la limpieza de tu hogar

Y es que el mandatario ya cuenta con dos apercibimientos de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, por pronunciarse sobre las campañas electorales que se registran en el país.

Sin embargo, en su conferencia de este martes denunció «la compra de votos descarada» en Nuevo León, lo que podría valerle una nueva observación.

Esto, en referencia al reparto de la Tarjeta Rosa que promete el candidato del PRI a la gubernatura de NL, Adrián de la Garza.

“¿Para qué sirve la fiscalía?, Aunque se enojen los conservadores hipócritas, todos tenemos que defender la democracia. No podemos ser cómplices”, dijo desde Palacio Nacional.

Sanciones por violentar la veda electoral

La Comisión de Quejas y Denuncias el INE, hizo llegar al mandatario un apercibimiento el mes pasado en el que advertía que la siguiente acción sería una amonestación pública.

«Se considera justificado, oportuno y necesario ordenar al Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ajuste su conducta a lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo ACQyD-INE-68/2021, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública, con fundamento en lo establecido en el artículo 41, numeral 1, en relación con el artículo 35, numeral 1, fracción I, del Reglamento de Quejas y Denuncias del INE», estableció.

No obstante, en el mencionado Artículo 35, se enlista que los medios de apremio constituyen instrumentos jurídicos a través de los cuales los órganos del Instituto que sustancien el procedimiento, pueden hacer cumplir coercitivamente sus requerimientos o determinaciones con diferentes niveles.

I. Amonestación pública;

II. Multa que va desde las cincuenta hasta las cinco mil Unidades de
Medida y Actualización (UMA)
, es decir, 448 mil 100 pesos, tomando en cuenta la UMA en 89.62 pesos. La misma se cobrará de conformidad con lo establecido en el párrafo 7 del artículo 458 de la Ley General;

III. Auxilio de la fuerza pública, y

IV. Arresto hasta por 36 horas, con el apoyo de la autoridad competente.

¿Qué es la veda electoral?

La ley electoral marca que durante las campañas electorales y hasta el día de la Jornada Electoral a celebrarse próximo 6 de junio, los funcionarios, en este caso López Obrador, deben abstenerse de difundir logros de gobierno -incluyendo programas sociales y las personas beneficiarias-, obra pública, e incluso emitir cualquier tipo de información que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía, incluso cuando responda a las preguntas que le son formuladas en las conferencias de prensa.

El artículo 41 constitucional señala que “durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental”.

Por su parte, el artículo 134 establece que “los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos».

Te recomendamos:

DV Player placeholder

Tags


Lo Último