Nacional

¿Qué implica el mando civil en la Guardia Nacional?

Los acuerdos de la Jucopo en el Senado de la República establecen que los nuevos uniformados estarán a cargo de la Secretaría de Seguridad y Participación Ciudadana.

El acuerdo que lograron los grupos parlamentarios en el Senado de la República para que el mando de la Guardia Nacional sea civil, representó una gran negociación política.

Sin embargo, la diferencia de que sea civil y o militar como se planteó en el dictamen de origen que envío la Cámara de Diputados, es la forma en que operarán los 50 mil nuevos uniformados que se encararán del cuidado del país.

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De  acuerdo con el senador independiente, Emilio Álvarez Icaza con el dictamen en ruta de ser aprobado se crea una nueva fuerza policiaca para responde de mucha mejor manera a la inseguridad y la delincuencia que se registra en todo el país.

Se descarta la posibilidad de abusos por parte de integrantes de fuerzas armadas, pues no se abrió fuero militar, ni juzgados militares, pues quedará a cargo de la Secretaría de Seguridad y Participación y que es esta dependencia quien se deberá encargar de formular la estrategia, programas políticas y acciones a implementar a nivel nacional.

Además de que se como plan complementario en cinco años el ejercito debe salir de las calles donde han desempeñado labores de auxilio, pero serán replegados pues la seguridad pública no es su función.

«Se establece que es responsabilidad de los gobernadores de los estados fortalecer a la policía y por primera vez en 12 años, se logró que distintos poderes en el Congreso de la Unión construyeran un acuerdo», mencionó.

Con las medidas aplicadas se establece que los integrantes tendrán ademas formación policial y todo lo que ello conlleva, ascensos, tipo de juzgado, así como la forma en que operarán.

 

MINUTA

(Cámara de Origen)

16 de enero de 2019

 

 

TEXTO ACORDADO POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS.

20 de febrero de 2019

 

Propone un fuero militar para los elementos de la Guardia Nacional en caso de faltas y delitos contra la disciplina militar

Elimina el fuero militar, dejando a la Guardia Nacional bajo el fuero civil.

Contemplaba la creación de una Junta de Jefes de Estado Mayor compuesta por integrantes de las dependencias de los ramos de Seguridad, Defensa Nacional y Marina.

Se determina que la dirección de la Guardia Nacional estará adscrita a la secretaria del ramo de seguridad pública, y se elimina la Junta de Jefes de Estado Mayor

Contemplaba que la estructura jerárquica, disciplina, régimen de servicios, ascensos, prestaciones, ingreso, profesionalización y el cumplimiento de las responsabilidades y tareas de la Guardia Nacional estén homologados a los que se aplican en el ámbito de las Fuerza Armada permanente.

Establece que la formación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional y de las demás instituciones policiales se regirán por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al imperio de la ley, al mando superior, y en lo conducente a la perspectiva de género

 

No contemplaba que pasaría con la Guardia Nacional que ya estaba constitucionalizada

 

Cambia el nombre a la anterior Guardia Nacional a Cuerpos de Reserva, con el fin de no desaparecer este cuerpo

Proponía un control parlamentario muy blando, estableciendo que el Senado de la Republica únicamente analizaría el informe anual con relación a las actividades de la Guardia Nacional.

Fortalece el control parlamentario estableciendo que además de analizar, el Senado deberá aprobar el informe anual con relación a las actividades de la Guardia Nacional.

No establecía requisitos mínimos que debiesen contener las leyes reglamentarias de la Guardia Nacional

Establece requisitos mínimos que deben contener las leyes reglamentarias de la Guardia Nacional

No establecía la temporalidad y los principios en los cuales se debería regir la actuación de la Fuerza Armada permanente en labores de Seguridad Pública.

 

Establece la temporalidad (5 años) y los principios (extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria) en los cuales se debería regir la actuación de la Fuerza Armada permanente en labores de Seguridad Pública.

NA

Establece el diagnóstico y el programa para el fortalecimiento del estado de fuerza y las capacidades institucionales de los cuerpos policiales estatales y municipales. (por parte de los gobernadores)

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