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Funcionarios no pueden bloquear a usuarios de redes sociales: SCJN

El tema cobró relevancia luego de que un fiscal general de Veracruz bloqueó en su cuenta de Twitter a un periodista.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que Twitter es un canal de comunicación entre servidores públicos y ciudadanos, por lo que un funcionario no puede bloquear a otros usuarios.

El falló es el resultado de un amparo a favor del periodista Miguel Ángel León Carmona, quien interpuso el recurso debido a que el fiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, lo bloqueó en la red social.

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Por unanimidad, los ministros determinaron que el bloqueo corresponde a un acto de autoridad que implica una restricción indebida al derecho de acceso a la información del periodista.

Además de que como servidor público, uno decide voluntariamente colocarse en un nivel de publicidad y escrutinio distinto al de una persona privada y que los contenidos compartidos en la cuenta de Twitter del fiscal tienen relevancia pública y es información de interés general.

Esto, debido a que fue el propio funcionario quien voluntariamente utilizó su cuenta como medio de difusión para compartir, entre otros, información relacionada con su gestión como fiscal. Al hacerlo, colocó a su cuenta de Twitter en una posición de mayor escrutinio público.

«La resolución no determina que el derecho a la privacidad de los servidores públicos deba ser limitado en todos los casos, ya que existe un contenido mínimo de este derecho que debe ser respetado», precisaron.

La orden de desbloquear al periodista no es una medida desproporcional que afecte injustificadamente el derecho a la privacidad del servidor público, coincidieron los ministros, toda vez que éste posee un umbral de protección menos extenso que el de las personas privadas.

Sumado a que el fiscal no acreditó la necesidad de resguardar la información difundida en su cuenta de Twitter de la injerencia de la sociedad.

Reacciones

La noticia rápidamente tuvo reacciones en las redes sociales, muchos de los usuarios celebraban que se diera en este sentido para garantizar la retroalimentación.

Sin embargo, el diputado federal, Gerardo Fernández Noroña, uno de los políticos más polémicos y activos en las redes sociales, advirtió que no desbloquearía a nadie a menos de que se haga la petición a través de una demanda.

Análisis

El director de la División de Humanidades y Educación del Tecnológico de Monterrey, Fernando Gutiérrez, consideró que el fallo de la SCJN cuenta con todo el sustento legal.

En una entrevista con Publimetro añadió que la resolución enaltece dos derechos fundamentales como lo son la libertad de expresión y el derecho a la información, que en México se han posicionado luego de una lucha fuerte por alcanzarlos.

¿Cuál es la opinión sobre el fallo de la SCJN?

– Me parece que tiene que ver con lo que está establecido en la Constitución Política respecto a las garantías individuales de los mexicanos y el tema de la libertad de expresión y el derecho a la información que están en los artículos 6 y 7.

Se relaciona con lo que se ha defendido durante muchos años que es el derecho a informarse y a expresarse libremente, independientemente de que estemos hablando de una red social; eso no afecta el fundamento del derecho.

¿No se podría decir que el fallo violenta el derecho del funcionario a usar con libertad su cuenta personal?

–No, no hay manera. Me viene a la mente Ecuador que tiene una Ley de Comunicación Social en donde se establecen estas responsabilidades tanto para el gobernante como para los gobernados, pero en el caso de México no hay leyes secundarias que regulen el ambiente mediático. Me parece que hasta el momento así debe permanecer. De otra manera siempre se corre el riesgo de coartar estos dos artículos tan preciados y peleados por las personas.

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