El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la infracción al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por vulnerar el principio de no discriminación, en un promocional que difundió en la elección pasada en Puebla y validó la multa por 126 mil 735 pesos.
Los magistrados de la Sala Superior determinaron que el material contenía frases discriminatorias en contra de las personas con algún tipo de enfermedad, reforzando el uso expreso de estereotipos que buscan generar una imagen negativa de ellas.
«El derecho a la libertad de expresión no es absoluto, ya que debe armonizarse con otros principios como el de no discriminación», señalaron en la sesión que se celebró este miércoles.
El origen
El pasado 23 de mayo pasado, Morena denunció el uso indebido de la pauta por parte del PRI hacia su candidato en aquel momento y ahora gobernado de Puebla, Miguel Barbosa, por la difusión del promocional “Yo voy con Jiménez Merino” ya que en las versiones de radio y televisión hacia referencia a que las personas enfermas no pueden gobernar, lo cual, constituye un acto de discriminación.
El 13 de junio pasado la Sala Regional Especializada resolvió el procedimiento sancionador electoral SRE-PSC-49/2019, en el que determinó la existencia de la infracción atribuida al PRI, porque se vulneró el principio de no discriminación, establecido en el artículo primero, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, e interpuso la multa económica.
El PRI impugnó y en sesión pública, la magistrada y los magistrados de la Sala Superior consideraron este miércoles que sí existió una infracción por parte del PRI por la difusión de dicho promocional.