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Diputados turnan a comisiones la Ley de Amnistía de AMLO

La propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador será revisada por las comisiones de Justicia, Gobernación y Población.

El Pleno de la Cámara de Diputados turnó este miércoles a comisiones la Ley de Amnistía propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

La iniciativa, que expone la liberación de algunos presos con delitos específicos, será revisada por las comisiones unidas de Justicia y Gobernación y Población.

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De acuerdo con el oficio enviado por el presidente el 13 de septiembre pasado, existe un número significativo de personas privadas de la libertad que están condenadas por delitos menores, muchas veces provocados por el hambre y la pobreza.

Por lo que la Ley de Amnistía beneficiaría a tres grupo sociales principalmente, las mujeres, los jóvenes y los indígenas, que hayan incurrido a los siguientes delitos:

  1. Delitos contra la salud, en la modalidad de posesión o transporte de narcóticos o por haber prestado colaboración para los mismos propósitos.
  2. Delito de aborto, en cualquiera de sus modalidades, previsto en el Código Penal Federal, cuando se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido, o se impute a las y los médicos o las y los parteros, siempre que la conducta delictiva se haya llevado a cabo sin violencia y con el consentimiento de la madre del producto del embarazo interrumpido.
  3. Las personas consumidoras que hayan poseído narcóticos en cantidades superiores hasta en dos tantos a la dosis máxima de consumo personal e inmediato
  4. Delito de sedición, o porque hayan invitado, instigado o incitado a la comisión de otros delitos formando parte de grupos impulsados por razones políticas con el propósito de alterar la vida institucional
  5. Delito de robo simple y sin violencia, siempre que no amerite pena privativa de la libertad de más de cuatro años

Entre las condiciones impuestas por la Ley de Amnistía para la liberación de presos están que haya sido la primera vez que cometen un delito; es decir, no aplica para personas reincidentes.

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También aplicará para personas que no hayan sido condenadas por delitos en los cuales no se privó de la vida a otra persona, no se haya provocado lesiones o utilizado armas de fuego.

«Las solicitudes podrán ser presentadas por los familiares directos del interesado o por organismos públicos defensores de derechos humanos» puntualiza la ley.

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