El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) inició la segunda etapa del proceso de selección de cinco integrantes de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.
En un comunicado, el órgano jurisdiccional explicó que para dicha acción ya seleccionó a 30 aspirantes a defensor para realizar el curso intensivo virtual acerca de los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades indígenas.
El TEPJF realizó reformas y adiciones a su Reglamento Interno y emitió un Acuerdo General para crear la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas como una protección jurídica que contribuirá a estos grupos puedan acceder en condiciones de igualdad a la defensa y protección de sus derechos político-electorales.
Entre el 8 y el 15 de marzo pasado se registraron en línea mil 281 interesados en participar en el proceso de selección en respuesta a la convocatoria nacional, de los cuales 357 presentaron sus documentos para su cotejo y evaluación.
El Comité Evaluador integrado por Carlos Báez Silva, director del Centro de Capacitación Judicial Electoral; María Cecilia Sánchez Barreiro, subsecretaria general de Acuerdos, y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, académico y juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se encargó de realizar la valoración curricular de los participantes.
Las contraseñas de los participantes y la puntuación obtenida de los seleccionados fueron publicadas en el micrositio Convocatoria Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas de la página de Internet del Tribunal Electoral www.te.gob.mx.
El curso virtual se impartirá del 4 al 8 de abril próximos, y posteriormente el 16 de abril se realizará un examen.
Finalmente se someterá una lista de los 10 candidatos mejor calificados a la Comisión de Administración para que ésta seleccione a los cinco defensores de entre los aspirantes que obtengan los mejores resultados y cubran los requisitos establecidos en la convocatoria.
En defensa electoral se encargarán de la procuración, representación y/o mandato de defensa de los derechos político-electorales de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren.
Mientras que en materia de asesoría electoral darán orientación, guía o instrucción técnica sobre la naturaleza, contenido y alcances de los derechos político-electorales constitucionales, convencionales y legales, establecidos en favor de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren.