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Divorcio en menos de un año ya es una realidad en la CDMX

Antes, las parejas debían esperarse un año o más para poder separarse legalmente; la SCJN declaró inconstitucional esta medida.

A partir de mañana el divorcio exprés será una realidad en la Ciudad de México.

Se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México modificaciones a los artículos 266 y 272 del Código Civil para permitir a las parejas disolver su matrimonio en el momento que quieran, sin ninguna condicionante.

“Procede el divorcio administrativo cuando ambos cónyuges convengan en divorciarse, sean mayores de edad, hayan liquidado la sociedad conyugal de bienes, si están casados bajo ese régimen patrimonial, la cónyuge no esté embarazada, no tengan hijos en común o teniéndolos sean mayores de edad, y éstos no requieran alimentos o alguno de los cónyuges. El Juez del Registro Civil, previa identificación de los cónyuges, y ratificando en el mismo acto la solicitud de divorcio, levantará un acta en que los declarará divorciados y hará la anotación correspondiente en la del matrimonio anterior”, sita el Artículo 272.

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Antes, las parejas tenían que esperar un año o más para poder disolver su matrimonio, pero estas modificaciones eliminan ese candado.

Al respecto, el Consejero Jurídico de la Ciudad de México, Vicente Lopantzi, señaló que con esta modificación la administración capitalina busca proteger y garantizar los derechos humanos y el libre desarrollo de la personalidad.

“Con esta reforma no habrá que esperar el año que se tenía previsto en el Código Civil para la disolución del matrimonio, bastará la manifestación de una de las partes ante la instancia jurídica indicada para la separación legal”, mencionó.

En este sentido, indicó que de ninguna manera debe limitarse el proyecto de vida de las personas ni vulnerar la libertad de elección del estado civil que deseen.

Recordó que en meses pasados la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional este artículo y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) realizó las modificaciones correspondientes

“La instrucción del Jefe de Gobierno, José Ramón Amieva Gálvez, ha sido atender las resoluciones de la Corte de forma inmediata, acatarlas, para no vulnerar los derechos de las personas porque es nuestra obligación como Estado”, enfatizó.

Requisitos

  1. Formato de Solicitud debidamente llenado.
  2. Copia certificada del acta de matrimonio de reciente expedición.
  3. Identificaciones oficiales de los solicitantes en original para cotejo y copia simple.
  4. Comprobante del domicilio declarado por los divorciantes en original para cotejo y copia, menor a tres meses de anterioridad.
  1. Declaración por escrito, bajo protesta de decir verdad, de no haber procreado hijos durante el matrimonio.
  2. Si durante el matrimonio se adquirieron bienes, se debe presentar convenio de liquidación de la sociedad conyugal, efectuado ante autoridad jurisdiccional competente o Notario Público.
  3. Comprobante de pago (mil 152 pesos).

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