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Habitantes de CDMX tienen derecho a recibir educación sexual

La PGR impugnó el derecho a la planificación familiar que se estableció en la Constitución de la Ciudad de México, así como la educación sexual

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por unanimidad, que los habitantes de la Ciudad de México tienen derecho a recibir educación sexual, servicios de salud integrales, así como a decidir de forma voluntaria la cantidad de hijos que quiere tener, como se estableció en la Constitución de la Cuidad de México. 

De acuerdo con el documento, que entrará en vigor el 17 de septiembre de este año, se establece que “toda persona tiene derechos a la educación en sexualidad y servicios de salud integrales, con información completa, científica, no estereotipada, diversas y laica”.

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Sin embargo, la Procuraduría General de la República (PGR) impugnó esto al considerar que se violaban competencias federales, como la planificación familiar, además de violar el derecho de los padres de familia a educar a sus hijos de acuerdo con sus convecciones morales o religiosas.

Ante esta situación, la SCJN revisó la acción de inconstitucionalidad presentada; determinó que estos temas están en las facultades concurrentes, por lo que la federación y las entidades puede intervenir.

“Aunque le toca a la federación emitir las normas que aseguren la uniformidad en criterios científicos y técnicos, las entidades federativas son las responsables de brindar directamente los servicios de planificación familiar a las personas, por lo que la planificación no es un tema exclusivo de la federación”.

Por lo que la Constitución capitalina sólo reconoce derechos en favor de sus habitantes, sin definir el contenido de los servicios o la forma en que se presenten.


Tampoco se viola el derecho de los padres de educar sexualmente a sus hijos, ya que aunque la información que proporcione el Estado sobre este tema sea laica, los padres pueden educar a sus hijos bajos la religión que prefieran.

“En aras de tutelar el interés superior de los menores, es indispensable reconocer que necesitan información y educación sobre todos los aspectos de salud. Además, garantizar el respeto a la autonomía progresiva de los niños y adolescentes, es congruente con los estándares internacionales y los criterios de la SCJN”.

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