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Juez ordena a ecocida plantar y cuidar 8 mil árboles por un año

Dos hombres fueron sentenciados por el delito contra el ambiente. Uno de ellos deberá asegurar la supervivencia de plántulas del género Pinus sp.

Por su responsabilidad en la comisión de delitos contra el ambiente, un juez de Puebla sentenció a dos hombres por el delito contra el ambiente. Uno de ellos deberá reparar el daño dando seguimiento de vida a ocho mil árboles, por más de un año.

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informa en carácter de representante de la víctima colectiva y coadyuvante del Ministerio Público de la Federación, que un Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en el Estado de Puebla, condenó a un sujeto a prisión, multa, reparación del daño y la suspensión de derechos civiles y políticos.

Su complice, fue quien recibió la pena de plantar ocho mil plántulas (planta joven, al poco tiempo de brotar de la semilla), del género Pinus sp, durante la temporada de lluvias y asegurar su sobrevivencia. La condena es por un año y dos meses en el municipio de Lafragua, de González Ortega, Puebla, donde ambos sujetos fueron detenidos.

Durante un operativo llevado a cabo a finales de marzo del 2018, personal de la Profepa en coordinación con la Policía Federal, detuvo y puso a disposición del Ministerio Público de la Federación a Omar N. y Villulfo N., quienes no acreditaron la legal procedencia de 76 piezas de madera en rollo, equivalente a casi 20 metros cúbicos.

Los acusados fueron puestos a disposición de la Procuraduría General de la República por el transporte y acopio de materia prima forestal en una cantidad mayor a cuatro metros cúbicos, lo que es considerado un delito contra el ambiente, previsto y sancionado en el artículo 419 del Código Penal Federal.

Respecto al sujeto que plantará y cuidará árboles deberá informar a la Profepa de su total cumplimiento para que ésta lo verifique y, posteriormente, emita su opinión ante el Juez de Distrito y establecer si se considera reparado el daño.

Al otro acusado se le impuso una pena privativa de libertad de ocho meses, multa por el equivalente a 200 Unidades de Medida y Actualización y ordenó la reparación del daño. También, fue suspendido de sus derechos civiles y políticos hasta que cumpla la sentencia; además, le será considerado como antecedente penal.

La autoridad judicial le concedió el beneficio de la sustitución de las sanciones impuestas exigiendo al sentenciado la reparación del daño; que consiste en apoyar con equipo de trabajo a Comités de Vigilancia, para llevar a cabo acciones de prevención de ilícitos ambientales.

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