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Inicia veda electoral en municipios de Chiapas por elecciones extraordinarias

Los días 22, 23 y 24 de noviembre, los actos de proselitismo quedan prohibidos para que la ciudadanía pueda reflexionar el sentido de su voto.

El primer minuto de este jueves inició el periodo de veda electoral, que tendrá una duración de 72 horas, en los municipios que tendrán elecciones extraordinarias el próximo domingo 25.

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De acuerdo con un comunicado, este periodo servirá para que los votantes puedan reflexionar su sufragio para elegir miembros de Ayuntamiento en los municipios de Bejucal de Ocampo, Catazajá, Chicoasén, Montecristo de Guerrero, El Porvenir, Rincón Chamula San Pedro, San Andrés Duraznal, Solosuchiapa, Tapilula y Santiago El Pinar, en el marco del Proceso Electoral Local Extraordinario 2018.

En reunión de trabajo con los integrantes del Consejo Municipal de Catazajá, el Consejero Presidente del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), Oswaldo Chacón Rojas, explicó que durante los días 22, 23 y 24 de noviembre, los actos de proselitismo quedan prohibidos con la finalidad de que la ciudadanía pueda reflexionar el sentido de su voto.

Comentó que las actividades no permitidas durante la veda electoral son la celebración de reuniones o actos públicos de campaña y de propaganda, por parte de los partidos políticos y las y los candidatos, así como la difusión de propaganda gubernamental y difusión de informes de labores.

En el mismo sentido, los medios de comunicación no podrán dar a conocer resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales hasta que haya concluido la votación.

El día de la jornada electoral no debe haber propaganda de partidos ni de candidatas o candidatos cerca de las casillas de votación, subrayó.

Refirió que la veda electoral se encuentra establecida en el artículo 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), que señala que “la distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral”.

El consejero presidente dijo que, de no cumplir con lo establecido, el IEPC se encargará de retirar la propaganda con cargo al monto de financiamiento público que le corresponde al partido y, además, habrá una sanción que puede consistir en una multa, amonestación, suspensión e, incluso, la cancelación del registro.

En cuanto a redes sociales e internet, aunque no existe en la ley un prohibición expresa sobre su uso durante la veda electoral, recordó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha manifestado, principalmente en el caso de candidatos que utilicen sus redes sociales personales, o aquellas en las que hicieron promoción, para realizar llamados el voto, pueden ser sancionados.

Finalmente, refirió que en los últimos minutos del 21 de noviembre, concluyó el periodo de campañas, en el que las y los candidatos tuvieron oportunidad de ofrecer a la ciudadanía sus propuestas.

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